Resolución N° 325/13/0113
Nro de Expediente:
3380-008154-13
 
MUNICIPIO C - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
26/9/2013


Tema:
MULTA HABILITACIONES

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 10 NOBLEZA NAVIERA S.A., R.U.T.: 210268530010, operador portuario, sito en Av. Gral. Rondeau Nº 2340,

Montevideo, 26 de Setiembre de 2013.-
 
    VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el funcionamiento sin habilitación del establecimiento destinado a operador portuario, sito en Av. Gral. Rondeau Nº 2340, propiedad de la firma NOBLEZA NAVIERA S.A., R.U.T.: 210268530010, con igual domicilio a efectos legales;
    RESULTANDO: 1º.) que en inspección realizada por el Sector Inspectivo del Servicio Centro Comunal Zonal Nº 16, se pudo comprobar que carecía de las habilitaciones municipales (Servicio de Contralor de Edificaciones-Sec. Locales Industriales e Instalaciones Mecánicas y Eléctricas), intimándosele a presentar, en el mencionado Servicio, los comprobantes de haber iniciado los trámites correspondiente;
    2º.) que ante el incumplimiento de lo intimado se solicita la aplicación de una multa de U.R. 10, a la empresa de obrados por infracción a lo dispuesto por el Decreto No. 21.626, de 23/IV/84;
    CONSIDERANDO: 1º.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
    2º.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
    EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO C
    RESUELVE:
    1.- Aplicar una multa de U.R. 10 (Unidades Reajustables diez) a la firma NOBLEZA NAVIERA S.A., R.U.T.: 210268530010, responsable del establecimiento destinado a operador portuario, sito en Av. Gral. Rondeau Nº 2340, con igual domicilio a efectos legales, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
      2.-Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
      3.- Comuníquese a la Unidad de Multas - Gestión de Contribuyentes y pase -por su orden- al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 16, para notificar a la empresa infractora. y al Sector Despacho de este Municipio para librar testimonio correspondiente.-
Miriam Rodíguez,Alcaldesa.-

Horacio Pérez Sotelo,Concejal