Resolución N° 113/17/0113
Nro de Expediente:
2016-3370-98-000405; 3370-000464-16.-
 
MUNICIPIO C - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
21/6/2017


Tema:
Multas

Resumen:
Aplicar una multa de UR 1 y otra de UR 5 al Sr. Francisco Miguel Carrau Bonomi, CI: 1.531.931-5, responsable del predio ubicado en la calle Chuy Nº 3571 ( padrón Nº 424.734), por falta de higiene del predio y mantenimiento de la vereda.-

Montevideo, 21 de Junio de 2017.-
 
VISTO: las presentes actuaciones relacionadas por falta de higiene y de mantenimiento de la vereda sito en la calle Chuy Nº 3571 (padrón Nº 424.734), responsabilidad del Sr. Francisco Miguel Carrau Bonomi, CI: 1.531.931-5; con domicilio a los efectos legales en José Luis Zorrilla de San Martín Nº 149;
RESULTANDO: 1º) que el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 15 intimó a al titular de obrados a la limpieza del terreno ubicado en la calle Chuy Nº 3571 (padrón Nº 424.734) y al mantenimiento de la vereda, bajo apercibimiento en caso de omisión de las sanciones correspondientes;
2º) que pese a los plazos concedidos y ante el incumplimiento de lo intimado, se solicita la aplicación de una multa de UR 1 (Unidades Reajustables una) y otra de UR 5 (Unidades Reajustables cinco), al titular de obrados, por infracción a lo establecido en el Decreto N° 21.626, artículo 4º, literal b, numeral 19 (por falta de higiene del predio) y del D. 2213, literal e (por falta de mantenimiento de la vereda);
CONSIDERANDO: 1º) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
2º) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;

EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO C
RESUELVE:
1.- Aplicar una multa de UR 1 (Unidades Reajustables una) y otra de UR 5 (Unidades Reajustables cinco) al Sr. Francisco Miguel Carrau Bonomi, CI: 1.531.931-5 ,con domicilio a los efectos legales en José Luis Zorrilla de San Martín Nº 149, responsable del predio ubicado en la calle Chuy Nº 3571 (padrón Nº 424.734), por falta de higiene y de mantenimiento de la vereda de obrados.-
2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario, a partir de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes.-
3.- Comuníquese a la Unidad de Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes y pase - por su orden - al Sector Despacho de este Municipio para notificar a los infractores, librar el testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 15.-
Rodrigo Arcamone,Alcalde.-

Jorge Cabrera,Concejal