Resolución N° 114/17/0113
Nro de Expediente:
2016-3370-98-000303.-
 
MUNICIPIO C - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
21/6/2017


Tema:
Multas

Resumen:
Aplicar una multa de UR 8 al Sr. Gabriel Peraggine, CI: 1.581.342-4 (propietario del padrón Nº 155299) , por construcción de muro divisorio entre los padrónes Nº 155299 y Nº 155298.-

Montevideo, 21 de Junio de 2017.-
 
VISTO: las presentes actuaciones relacionadas por la construcción del muro divisorio antirreglamentario, sito en la calle Cubo del Norte Nº 3731, entre los padrónes Nº 155.299 y Nº 155.298, del cual es propietario el Sr. Gabriel Peraggine, CI: 1.581.342-9, con igual domicilio a los efectos legales;
RESULTANDO: 1º) que según surge de las mismas pese a los plazos concedidos, mediante expediente 2016-3370-98-000303, no se ha procedido a presentar la documentación habilitante que acredite la autorización para la construcción del muro divisorio entre los padrones Nº 155.299 y 155.298;
2º) que ante el incumplimiento de lo intimado se solicita la aplicación de una multa de UR 8 (Unidades Reajustables ocho) al propietario del padrón Nº 155.299 por infracción a lo dispuesto por el Decreto No. 21.626, Sección II, Artículo 3º, Numeral 7, de fecha 23/IV/84;
CONSIDERANDO: 1º) que la normativa vigente fija en unidades reajustables el monto de la multa a aplicar por transgredir las ordenanzas departamentales;
2º) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO C
RESUELVE:
1.- Aplicar una multa de UR 8 (Unidades Reajustables ocho) al Sr. Gabriel Peraggine, CI: 1.581.342-4, responsable del padrón Nº 155.299 , sito en la calle Cubo del Norte Nº 3731, por no proceder a la presentación de la documentación que acredite la autorización de la construcción del muro divisorio entre los padrones de obrados.-
2.- Intimar al cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro del plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad de Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de las multas.-
3.- Comuníquese a la Unidad de Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes y pase - por su orden - al Sector Despacho de este Municipio para notificar al infractor, librar el testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 15.-
Rodrigo Arcamone,Alcalde.-

Jorge Cabrera,Concejal