Resolución N° 12/15/0113
Nro de Expediente:
3380-009088-14
 
MUNICIPIO C - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
14/1/2015


Tema:
MULTA HABILITACIONES MUNICIPALES Y BOMBEROS

Resumen:
Colombia 1199 - Juan Carlos Mascari Suárez, C.I.: 1.486.939-7, RUT: 217180300013, aplicar una multa de U.R. 5 y otra de U.R 7 (Unidades Reajustables siete), Primera Reincidencia

Montevideo, 14 de Enero de 2015.-
 
      VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el funcionamiento sin habilitación del establecimiento destinado a café y bar, sito en la calle Colombia Nº 1199, propiedad de la firma unipersonal Juan Carlos Mascari Suárez, C.I.: 1.486.939-7, RUT: 217180300013, con igual domicilio a efectos legales;
      RESULTANDO: 1º.) que según surge de las mismas, pese a los plazos concedidos y a las sanciones aplicadas (Resolución Nº 240/14/0113 de fecha 13/VIII/2014), no se ha procedido a presentar la documentación habilitante que autorice el funcionamiento del referido local Servicio de Contralor de Edificaciones-Sección Locales Industriales - Servicio de Instalaciones Mecánicas y Eléctricas y Dirección Nacional de Bomberos (Primera Reincidencia);
      CONSIDERANDO: 1º.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
      2º.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
      EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO C
      RESUELVE:
      1.- Aplicar una multa de U.R. 5 (Unidades Reajustables cinco) y otra de U.R 7 (Unidades Reajustables siete), a la firma unipersonal Juan Carlos Mascari Suárez, C.I.: 1.486.939-7, RUT: 217180300013, responsable del establecimiento destinado a café y bar, sito en la calle Colombia Nº 1199, con igual domicilio a efectos legales, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
      2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario, a partir de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes.-
      3.-Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase, al Sector Despacho de este Municipio, para notificar a la firma infractora y librar el testimonio correspondiente .
Miriam Rodríguez,Alcaldesa.-

Horacio Pérez Sotelo,Concejal