Resolución N° 291/12/0113
Nro de Expediente:
3240-011033-11
 
MUNICIPIO C - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
24/8/2012


Tema:
MULTA POR MARQUESINAS

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 8,1625 ,a la Firma GABITEC S.A., RUT:214898760014,,establecimiento destinado a venta de vestimenta al por mayor y menor, sito en la calle Arenal Grande Nº 2499.

Montevideo, 24 de Agosto de 2012.-
 
      VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el funcionamiento del establecimiento destinado a venta de vestimenta al por mayor y menor, sito en la calle Arenal Grande Nº 2499, propiedad de la Firma GABITEC S.A., RUT:214898760014, con igual domicilio a los efectos legales;
      RESULTANDO: 1o.) que en inspección realizada por el Sector Inspectivo del Servicio Centro Comunal Zonal Nº 3, se pudo comprobar que carecía de las habilitaciones municipales (Contralor de la Edificación - Permiso de toldo), intimándosele a presentar en el mencionado Servicio, los comprobantes de haber iniciado los trámites correspondientes;
      2o.) que ante el incumplimiento parcial de lo intimado se solicita la aplicación de una multa de U.R.8,1625, por infracción a lo dispuesto por el Decreto Nº 21626, Sección II, Artículo 3º, Numeral 16;
      CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
      2o.) las facultades oportunamente delegadas;
      EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO C
      RESUELVE:
      1.- Aplicar una multa de U.R. 8,1625 (Unidades Reajustables ocho con mil seiscientos veinticinco diez milésimas) a la Firma GABITEC S.A., RUT:214898760014, responsable del establecimiento destinado a venta de vestimenta al por mayor y menor, sito en la calle Arenal Grande Nº 2499, con igual domicilio a los efectos



      legales, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente resolución.-
      2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario, a partir de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes.-
      3.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificar a la empresa infractora, librar testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 3.-
Miriam Rodríguez,Alcaldesa.-

Horacio Pérez,Concejal