Resolución N° 117/17/0113
Nro de Expediente:
2017-8010-98-000039.-
 
MUNICIPIO C - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
21/6/2017


Tema:
Multas

Resumen:
Aplicar una multa de UR 17,96 a la firma Floday SA, RUT: 215768110018, por daños que se produjeron a un árbol en ornato público.-

Montevideo, 21 de Junio de 2017.-
 
VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el árbol perteneciente al ornato público ubicado frente a la calle Av. Buschental Nº 3467, el cual fue impactado por un camión perteneciente a la firma Floday SA, RUT: 215768110018, con domicilio a los efectos legales en Francisco Bilbao Nº 3811;
RESULTANDO: 1º) que según lo informado por la Unidad de Locaciones Montevideanas (Unidad de Gestión Audiovisual), mediante expediente 2017-8010-98-000039, el día 24 de enero de 2017 la productora Oriental Films (Floday SA) se encontraba filmando en un domicilio particular, en donde un camión de su propiedad impactó con un árbol del ornato público;
2º) que no habiendo presentado descargos, se solicita la aplicación de una multa de UR 17,96 (Unidades Reajustables diescisite con noventa y seis) a la empresa de obrados, por infracción a lo establecido en el Digesto Departamental artículo D. 22.26- 3.2;
CONSIDERANDO: 1º) que la normativa vigente fija en unidades reajustables el monto de la multa a aplicar por transgredir las ordenanzas departamentales;
2º) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO C
RESUELVE:
1.- Aplicar una multa de UR 17,96 (Unidades Reajustables diescisiete con noventa y seis) a la firma Floday SA, RUT: 215768110018, con domicilio legal en Francisco Bilbao Nº 3811, por que el día 24 de enero de 2017 la productora se encontraba filmando en un domicilio particular ubicado frente a la calle Av. Buschental Nº 3467, en donde un camión de su propiedad impactó con un árbol del ornato público.-
2.- Intimar al cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro del plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad de Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de las multas.-
3.- Comuníquese a la Unidad de Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes y pase - por su orden - al Sector Despacho de este Municipio para notificar al infractor, librar el testimonio correspondiente y a la Unidad de Locaciones Montevideanas (Unidad de Gestión Audiovisual).-
Rodrigo Arcamone,Alcalde.-

Jorge Cabrera,Concejal