Resolución N° 196/12/0113
Nro de Expediente:
3240-007962-12
 
MUNICIPIO C - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
10/7/2012


Tema:
MULTA HABILITACIONES MUNICIPALES Y BOMBEROS

Resumen:
Domingo Aramburú Nº 1841, propiedad de la Firma Meditar S.A., RUT: 215042990018

Montevideo, 10 de Julio de 2012.-
 
      VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el funcionamiento sin habilitación del establecimiento destinado a venta ropa, sito en la calle Domingo Aramburú Nº 1841, propiedad de la Firma Meditar S.A., RUT: 215042990018, con igual domicilio a efectos legales;
      RESULTANDO: 1º.) que pese a los plazos concedidos y a las multas aplicadas Res:74/12/0113 de fecha 17/IV/2012 no se ha procedido a presentar la documentación habilitante que autorice el funcionamiento del referido local por falta de habilitación de la Dirección Nacional de Bomberos, solicita imponer una multa de U.R 7.4205 (Primera Reincidencia) y otra por falta de Habilitación Municipal (Declaración Jurada de Microempresa) de U.R.3.2388 , según lo dispuesto por el Decreto Nº 21.626 promulgado el 23/IV/84;
      CONSIDERANDO: 1º.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
      2º.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
      EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO C
      RESUELVE:
      1.- Aplicar una multa de U.R 7.4205 (Unidades Reajustables siete con cuatro mil doscientos cinco diezmilésimas) y otra de U.R. 3.2388 (Unidades Reajustables tres con dos mil trescientos ochenta y ocho) a la Firma Meditar S.A., RUT: 215042990018, propietario del establecimiento destinado a venta ropa, sito en la calle Domingo Aramburú Nº 1841, con igual domicilio a efectos legales, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-




      2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario, a partir de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes.-
      3.-Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para librar testimonio correspondiente y notificar a la firma infractora y al Servicio Centro Comunal Zonal No.3.-
Miriam Rodríguez,Alcaldesa.-

Horacio Pérez,Concejal