Resolución N° 54/16/0113
Nro de Expediente:
3240-001209-16
 
MUNICIPIO C - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
2/3/2016


Tema:
MULTA POR BOMBEROS

Resumen:
Aplicar una multa de U.R.10 CLASIREL S.A., R.U.T.: 213474860013, alquiler de automóviles, Bvar. José Batlle y Ordóñez Nº 3865,

Montevideo, 2 de Marzo de 2016.-
 
VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el funcionamiento sin habilitación del establecimiento destinado a alquiler de automóviles, sito en Bvar. José Batlle y Ordóñez Nº 3865, propiedad de la firma CLASIREL S.A., R.U.T.: 213474860013, con igual domicilio a efectos legales;
RESULTANDO: 1º.) que en inspección realizada por el Sector Inspectivo del Servicio Centro Comunal Zonal Nº 3, se pudo comprobar que carecía de la habilitación de la Dirección Nacional de Bomberos intimándose a presentar en el mencionado Servicio, los comprobantes de haber iniciado los trámites correspondiente;
2º.) que ante el incumplimiento de lo intimado se solicita la aplicación de una multa de U.R. 10, a la empresa de obrados por infracción a lo dispuesto por el Decreto No. 21.626, de 23/IV/84;
CONSIDERANDO: 1º) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas a aplicar por transgredir las ordenanzas departamentales;
2º) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO C
RESUELVE:
1.- Aplicar una multa de U.R.10 (Unidades Reajustables diez) a la firma CLASIREL S.A., R.U.T.: 213474860013, responsable del establecimiento destinado a alquiler de automóviles, sito en Bvar. José Batlle y Ordóñez Nº 3865, con igual domicilio a los efectos legales; por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
2.- Intimar al cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro del plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de las multas.-
3.- Comuníquese a la Unidad de Multas - Gestión de Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio, para notificar a la empresa infractora. y librar testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 3 .-
Rodrigo Arcamone,Alcalde.-

Miriam Rodríguez,Concejala