Resolución N° 128/20/0113
Nro de Expediente:
2016-3240-98-000243.-
 
MUNICIPIO C - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
23/9/2020


Tema:
Multas

Resumen:
Aplicar una multa de UR 20 a la firma HSBC BANK (Uruguay) S.A. , R.U.T: 210697930017, sito en Avda. Gral. San Martín Nº 2058, por no levantar las observaciones impuestas por el Servicio CCZ Nº 3 ( Segunda Reincidencia). Expediente: 2016-3240-98-000243.-

Montevideo, 23 de Setiembre de 2020.-
 
VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el funcionamiento del establecimiento destinado a banco, sito en Avda. Gral. San Martín Nº 2058, propiedad de la firma HSBC BANK (Uruguay) S.A, RUT: 210697930017, con domicilio a efectos legales en Avda. Agraciada Nº 2352 y en la calle Rincón Nº 422;
RESULTANDO: 1º) que según surge de las mismas y pese a los plazos concedidos, no fueron levantadas las observaciones realizadas a fin de cumplir con los requerimientos para la habilitación del permiso de saliente desmontable del local de obrados;
2º) que ante el incumplimiento de lo intimado, se solicita la aplicación de una multa de UR 20 (Unidades Reajustables veinte), a la firma titular de obrados, por infracción a lo dispuesto en la Sección II, Artículo 3º, Numeral 16 del Decreto Nº 21.626 de fecha 23/IV/84 ( Segunda Reincidencia);
CONSIDERANDO: 1º) que el Gobierno Municipal en sesión de fecha 16 de setiembre de 2020, procede de conformidad al dictado de la resolución de obrados;
2º) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas a aplicar por transgredir las ordenanzas departamentales;
3º) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO C
RESUELVE:
1.- Aplicar a la firma HSBC BANK (Uruguay) S.A., RUT: 210697930017, sito en Avda. Gral. San Martín Nº 2058, con domicilio a efectos legales en Avda. Agraciada Nº 2352 y en la calle Rincón Nº 422, una multa de UR 20 (Unidades Reajustables veinte), por no levantar las observaciones realizadas a fin de cumplir con los requerimientos para la habilitación del permiso de saliente desmontable del local de obrados (Segunda Reincidencia).-
2.- Intimar al cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro del plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad de Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de las multas.-
3.- Comuníquese a la Unidad de Multas - Gestión de Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio, para notificar a la empresa infractora y librar testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 3.-
Susana Rodríguez,Alcaldesa.-

Carlos Curbelo,Concejal