Resolución N° 248/14/0113
Nro de Expediente:
3240-009107-14
 
MUNICIPIO C - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
13/8/2014


Tema:
MULTA HABILITACIONES

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 10 EL TRIGAL S.A., R.U.T.: 210027850013, fábrica de galletitas, sito en Av. Gral. San Martín Nº 3270,

Montevideo, 13 de Agosto de 2014.-
 
      VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el funcionamiento sin habilitación del establecimiento destinado a fábrica de galletitas, sito en Av. Gral. San Martín Nº 3270, propiedad de la firma EL TRIGAL S.A., R.U.T.: 210027850013, con igual domicilio a efectos legales;
      RESULTANDO: 1º.) que el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 3, informa que el establecimiento de referencia se encuentra en infracción con respecto a las normas reglamentarias vigentes por falta de habilitaciones municipales (Servicio de Contralor de Edificaciones-Sec. Locales Comerciales, Servicio de Regulación Alimentaria y Servicio de Instalaciones Mecanicas y Eléctricas), solicita imponer una multa de U.R.10, según lo dispuesto por el Decreto Nº 21.626 promulgado el 23/IV/84;
      CONSIDERANDO: 1º.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
      2º.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
      EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO C
      RESUELVE:
      1.- Aplicar una multa de U.R. 10 (Unidades Reajustables diez), a la firma EL TRIGAL S.A., R.U.T.: 210027850013, responsable del establecimiento destinado a fábrica de galletitas, sito en Av. Gral. San Martín Nº 3270, con igual domicilio a efectos legales, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
      2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario, a partir de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes.-
      3.-Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase -por su orden- al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 3, para notificar a la firma infractora y al Sector Despacho de este Municipio para librar el testimonio correspondiente .
Miriam Rodríguez,Alcaldesa.-

Horacio Pérez Sotelo,Concejal