Resolución N° 229/19/0113
Nro de Expediente:
2019-3380-98-000360.-
 
MUNICIPIO C - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
4/9/2019


Tema:
MULTA HABILITACIONES

Resumen:
Aplicar una multa de UR 6 a la firma unipersonal del Sr. José Adrian Rodriguez Franco, CI: 5.345.897-3, RUT: 214741860018 (destinado a Peluquería) , sito en la calle Av. Agraciada Nº 2357, por falta de Habilitación Departamental (Declaración Jurada de Microempresa) Segunda Reincidencia- expediente: 2019-3380-98-000360.-

Montevideo, 4 de Setiembre de 2019.-
 
VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el funcionamiento sin habilitación del establecimiento destinado a Peluquería, sito en la calle Av. Agraciada Nº 2357, propiedad de la firma unipersonal del Sr. José Adrian Rodriguez Franco, CI: 5.345.897-3, RUT: 214741860018, con igual domicilio a los efectos legales ;
RESULTANDO: 1º) que según surge de las mismas, pese a los plazos concedidos y a las sanciones aplicadas (resolución Nº 237/17/0113 de fecha 15/XI/2017 y su Primera Reincidencia- resolución Nº 25/19/0113 de fecha 13/II/2019), no se ha procedido a presentar la documentación habilitante que autorice el funcionamiento del referido local- Habilitación Departamental ( Declaración Jurada de Microempresa- Segunda Reincidencia);
2º) que ante el incumplimiento de lo intimado se solicita la aplicación de una multa de UR 6 (Unidades Reajustables seis), a la empresa de obrados por infracción a lo dispuesto por el Decreto Nº 21.626 del 23/IV/84 ;
CONSIDERANDO: 1º) que por expediente 2017-3380-98-000333, se cumplió con el procedimiento administrativo y la vista previa de acuerdo a la reglamentación vigente previa al dictado de la resolución de multa;
2º) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
3º) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;


EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO C
RESUELVE:
1.- Aplicar a la firma unipersonal del Sr. José Adrian Rodriguez Franco, CI: 5.345.897-3, RUT: 214741860018, responsable del establecimiento destinado a Peluquería, sito en la calle Av. Agraciada Nº 2357, con igual domicilio a los efectos legales, una multa de UR 6 (Unidades Reajustables seis) por falta de Habilitación Departamental (Declaración Jurada de Microempresa- Segunda Reincidencia) y no presentar la mencionada documentación habilitante que autorice el funcionamiento del referido local .-
2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario, a partir de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes .-
3.- Comuníquese a la Unidad de Multas - Gestión de Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificar a la empresa infractora, librar el testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal N º 16 .-
Susana Rodriguez,Alcaldesa.-

Jorge Cabrera,Concejal