Resolución N° 222/17/0113
Nro de Expediente:
2016-3240-98-000145; 3240004620-15.-
 
MUNICIPIO C - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
25/10/2017


Tema:
Multas

Resumen:
Aplicar UR 19 al Sr. Juan José Fortes, 3.451.767-3 responsable de la finca ubicada en la calle Rocha Nº 2603 (Padrón Nº 94215), por ocupación de paseje peatonal por Barrera. Expediente: 2016-3240-98-000145.-

Montevideo, 25 de Octubre de 2017.-
 
    VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la barrera antirreglamentaria que se encontraba ocupando el espacio público sito en la calle Rocha Nº 2603 (padrón Nº 94215) responsabilidad del Sr. Juan José Fontes, C.I.: 3.451.767-3, con igual domicilio a los efectos legales ;
    RESULTANDO: 1º) que en inspección realizada por el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 3, mediante expediente 2016-3240-98-000145 (SEM 3240-004620-15- foja Nº 21), se constató una barrera que estaba ocupando gran parte del espacio público;
    2º) que pese a los plazos concedidos y ante el incumplimiento de lo intimado, se solicita la aplicación de una multa de UR 19 (Unidades Reajustables diecinueve) al titular de obrados por infracción a lo establecido en el Decreto 21.626, Sección II, Artículo 3º, Numeral 3, Inciso B;
    CONSIDERANDO: 1º) que el Gobierno Municipal en sesión de fecha 6 de setiembre de 2017, resuelve hacer efectiva dicha sanción;
    2º) que la normativa vigente fija en unidades reajustables el monto de la multa a aplicar por transgredir las ordenanzas departamentales;
    3º) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
    EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO C
    RESUELVE:
    1.- Aplicar una multa de UR 19 (Unidades Reajustables diecinueve) al Sr. Juan José Fontes, CI: 3.451.767-3, propietario de la finca ubicada en la calle Rocha Nº 2603 (padrón Nº 94215), con igual domicilio a los efectos legales, por barrera antirreglamentaria que se encontraba ocupando el espacio público.-
    2.- Intimar al cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro del plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad de Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de las multas.-
    3.- Comuníquese a la Unidad de Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes y pase - por su orden - al Sector Despacho de esta Municipio, para la notificación al infractor, librar testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 3.-
Rodrigo Arcamone,Alcalde.-

Jorge Cabrera,Concejal