Resolución N° 23/11/0113
Nro de Expediente:
3380-004422-10
 
MUNICIPIO C - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
24/2/2011


Tema:
MULTA HABILITACIONES

Resumen:
Suarez Nº 3095

Montevideo, 24 de Febrero de 2011.-
 
      VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el funcionamiento sin habilitación del establecimiento destinado a Club Social y Deportivo, sito en la calle Joaquín Suarez No.3095, propiedad de la empresa C.S.y.D. Urunday, R.U.T. 213179630010 con igual domicilio a efectos legales; RESULTANDO: 1º.) que el Servicio Centro Comunal Zonal No. 16 informa que: el establecimiento de referencia se encuentra en infracción con respecto a las normas reglamentarias vigentes por falta de habilitación municipal (Contralor de la Edificación e Instalaciones Mecánicas y Eléctricas) solicita imponer una multa de U.R.9.7164, según lo dispuesto por el Decreto Nº 21.626 promulgado el 23/IV/84;
      2º.) que el Concejo Municipal- Municipio C manifiesta su conformidad;
      CONSIDERANDO: 1º.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
      2º.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
      EL GOBIERNO MUNICIPAL C
      RESUELVE:
      1.- Aplicar una multa de U.R.9.7164 (Unidades Reajustables nueve con siete mil
      ciento sesenta y cuatro diezmilésimas) a la empresa C.S.y.D. Urunday., R.U.T.


      213179630010, propietaria del Club Social y Deportivo, sito en la calle Joaquín Suarez No.3095, con igual domicilio a efectos legales, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
      2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario, a partir de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes.-
      3.-Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyente y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para librar testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal No. 16.-para notificar a la firma infractora
Miriam Rodríguez,Alcaldesa.-

Enrique Olivera,Concejal Municipal