Resolución N° 349/11/0113
Nro de Expediente:
3240-011957-10
 
MUNICIPIO C - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
20/12/2011


Tema:
MULTA HABILITACIONES

Resumen:
Arenal Grande Nº 2332, propiedad de la Firma CIMANON S.A., RUT: 212706350010, U.R.8.1625, por infracción a lo dispuesto por el Decreto No. 21.626, Sec.II, Art.3, Numeral 16

Montevideo, 20 de Diciembre de 2011.-
 
      VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el funcionamiento del establecimiento destinado a venta de artículos de vestir, regalos y otros, sito en la calle Arenal Grande Nº 2332, propiedad de la Firma CIMANON S.A., RUT: 212706350010, con igual domicilio a los efectos legales;
      RESULTANDO: 1o.) que en inspección realizada por el Sector Inspectivo del Servicio Centro Comunal Zonal No.3, se pudo comprobar que carecía de las habilitaciones municipales (Viabilidad de Uso de la Unidad de Protección del Patrimonio), intimándosele a presentar en el mencionado Servicio, los comprobantes de haber iniciado los trámites correspondientes;
      2o.) que ante el incumplimiento parcial de lo intimado se solicita la aplicación de una multa de U.R.8.1625, por infracción a lo dispuesto por el Decreto No. 21.626, Sec.II, Art.3, Numeral 16;
      CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
      2o.) las facultades oportunamente delegadas;
      EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO C
      RESUELVE:
      1.- Aplicar una multa de U.R.8,1625 (Unidades Reajustables ocho con mil seiscientos veinticinco diezmilésimas) a la Firma CIMANON S.A., RUT: 212706350010, propietario del establecimiento destinado a venta de artículos de vestir, regalos y otros, sito en la calle Arenal Grande Nº 2332, con igual domicilio a los efectos

      legales, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente resolución.-
      2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario, a partir de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes.-
      3.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para librar testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal No 3 - para notificar a la firma infractora.-
MIRIAM RODRIGUEZ,Alcaldesa.-

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