Resolución N° 211/18/0113
Nro de Expediente:
2018-3380-98-000231.-
 
MUNICIPIO C - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
15/8/2018


Tema:
MULTA OCUPACION DE VEREDA

Resumen:
Aplicar una multa de UR 20 a la firma TATA SA, RUT: 210003270017 (destinado a Supermercado), ubicado en la calle Av. Agraciada Nº 2560, por trabajos realizados en la vía pública sin permiso. Expediente: 2018-3380-98-000231.-

Montevideo, 15 de Agosto de 2018.-
 
    VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con las obras realizadas en la vía pública que impiden el tránsito peatonal, con frente al establecimiento sito en Avda. Agraciada Nº 2560, de la cual es responsable la firma TATA SA, RUT: 210003270017, con igual domicilio a los efectos legales;
    RESULTANDO: 1º) que el Sector Inspectivo del Servicio Centro Comunal Zonal Nº 16- actuación Nº 1- comprobó los trabajos realizados en la vía pública de forma antirreglamentaria sin permiso;
    2º) que por lo expuesto, se informa que la sanción que corresponde aplicar es de UR 20 (Unidades reajustables veinte), según lo que, a tales efectos establece la Sección II, Artículo Nº 3, Numeral 3 del Decreto 21.626 de fecha 23/IV/84;
    CONSIDERANDO: 1º) que la normativa vigente fija en unidades reajustables el monto de la multa que se aplica por transgredir las ordenanzas departamentales;
    2º) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
    EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO C
    RESUELVE:
    1.- Aplicar una multa de UR 20 (Unidades Reajustables veinte) a la firma TATA SA, RUT: 210003270017, sito en la calle Avda. Agraciada Nº 2560, con igual domicilio a los efectos legales, por los trabajos realizados en la vía pública de forma antirreglamentaria sin permiso.-
    2.- -Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad de Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
    3.- Comuníquese a la Unidad de Multas - Gestión de Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificar a la empresa infractora, librar testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 16 .-
Susana Rodriguez,Alcaldesa.-

Jorge Cabrera,Concejal