Resolución N° 172/18/0115
Nro de Expediente:
2016-3330-98-000334
 
MUNICIPIO D - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
8/11/2018


Tema:
MULTA HUMEDADES

Resumen:
Aplicar una multa de 20 U.R. al Banco De Previsión Social (BPS), propietario del Padrón Nº 416552 ubicado la calle Juan Acosta Nº 3830, "Complejo Habitacional Cerrito", por problemas de Humedades.-

Montevideo, 8 de Noviembre de 2018.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la finca sita en la calle Dr José Revuelta Nº 3524 apto 2 ;
        RESULTANDO: 1º) que se solicitó a la titular del Padrón Nº 416552 sito en la calle Juan Acosta Nº 3830, "Complejo Habitacional Cerrito", propiedad del Banco De Previsión Social (BPS), realizar las reparaciones necesarias, a los efectos de eliminar las humedades y filtraciones hacia la finca sita en la calle Dr José Revuelta Nº 3524 apto 2;
        2º) que el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 11, sugiere ante el incumplimiento de lo intimado, la aplicación de una multa de 20 U.R., según lo que establece la Sección II, Artículo 3º, Numeral 12, Inciso A) del Decreto Nº 21.626 del 23/IV/84 (Régimen Punitivo), actualizado por Resolución 2287/13 del 3 de junio de 2013;
        CONSIDERANDO: 1º) que el Gobierno Municipal por unanimidad entiende que corresponde la aplicación de la multa;
        2º) que por Decreto Nº 35.623 del 2 de julio de 2015 se ratificaron los Decretos Departamentales Nºs. 33.209, 33.322 y 33.409 del 17 de diciembre del 2009, 15 de abril del 2010 y 17 de junio de 2010 respectivamente, en lo que no contravenga lo establecido en la Ley Nº 19.272 del 18 de setiembre del 2014, donde se establecen las
        competencias asignadas a los Gobiernos Municipales;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL D
        RESUELVE:
        1º.- Aplicar una multa de 20 U.R. (veinte unidades reajustables) al Banco De Previsión Social (BPS), propietario del Padrón Nº 416552 ubicado la calle Juan Acosta Nº 3830, "Complejo Habitacional Cerrito", con igual domicilio a los efectos legales, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2º.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3º.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyente, al Servicio Centro Comunal Zonal Nº11 y pase al Departamento de Secretaria General, para la notificación al infractor y librar el testimonio correspondiente.-
SANDRA NEDOV,Alcaldesa.-

DANIEL FAGUNDEZ,Concejal Municipal