Resolución N° 135/14/0115
Nro de Expediente:
4130-002585-13
 
MUNICIPIO D - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
15/10/2014


Tema:
MULTA

Resumen:
Aplicar una multa de 35 U.R al Club Social y Deportivo Rocha Centenario, con domicilio en la Avda. Dámaso Antonio Larrañaga y la calle 20 de Febrero, por falta de mantenimiento de las veredas circundantes al predio.-

Montevideo, 15 de Octubre de 2014.-
 
        VISTO: estas actuaciones, relacionadas con las condiciones en que se encuentra la vereda circundante al predio concesionado al Club Social y Deportivo Rocha Centenario, sito en la calle 20 de febrero y la Ava. Dámaso Antonio Larrañaga;
        RESULTANDO: 1º) que realizadas varias intimaciones al citado Club, de mantener en buenas condiciones de conservación las veredas circundantes al predio, de acuerdo al informe que luce a fs. 24 de estas actuaciones, la situación permanece incambiada;
        2º) que el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 11, solicita la aplicación de una multa de 35 U.R., de acuerdo a lo dispuesto en el Decreto Nº 21626 de fecha 23 de abril de 1984 (Régimen Punitivo), actualizado por Resolución 2287/13 del 3 de junio de 2013, Sección II, Art. 3º, Numeral 17;
        CONSIDERANDO: que por Resoluciones Nos. 3642/10 del 9/VIII/10 y 3797/10 del 23/VIII/10, la Sra. Intendenta de Montevideo estableció las competencias asignadas a los Gobiernos Municipales;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL D
        RESUELVE:
        1º.- Aplicar una multa de 35 U.R (treinta y cinco unidades reajustables) al Club Social y Deportivo Rocha Centenario, con domicilio en la Avda. Dámaso Antonio Larrañaga y la calle 20 de Febrero, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2º.- Intimar el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3º.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión al Contribuyente y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 11 para la notificación a la infractora y librar el testimonio correspondiente.-
SANDRA NEDOV,Alcaldesa.-

DANIEL FAGUNDEZ,Concejal Municipal