Resolución N° 13/22/0115
Nro de Expediente:
2019-3320-98-000400
 
MUNICIPIO D - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
30/3/2022


Tema:
MULTA HUMEDADES

Resumen:
Aplicar una multa de 20 U.R. a la Sra. Iris Conde Milar, CI 1.951.133-3, propietaria del Padrón Nº 182558 sita en la calle Las Huertas Nº 6464 ( 9143 dice en el lugar), con igual domicilio a los efectos legales.-

Montevideo, 30 de Marzo de 2022.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la finca sita en la calle Las Huertas Nº 6464 ( 9143 dice en el lugar), empadronada con el Nº 182558, propiedad de la Sra. Iris Conde Milar, CI 1.951.133-3;
        RESULTANDO: 1º) que el Servicio Centro Comunal Zonal N° 10, solicitó en reiteradas oportunidades al titular del bien a presentar informe técnico sanitario que verifique la esatanquedad de la instalación sanitaria y a ejecutar el entubado de la cuneta de acuerdo a la normativa vigente;
        2º) que ante el incumplimiento de las sucesivas intimaciones realizadas se sugiere, la aplicación de una multa de 20 U.R., según lo que establece la Sección II, Artículo 3º, Numeral 14 del Decreto Nº 21.626 del 23/IV/84 (Régimen Punitivo), actualizado por Resolución 2287/13 del 3 de junio de 2013 ;
        CONSIDERANDO: 1º) que el Gobierno Municipal, por mayoría entiende que corresponde proceder a la aplicación de la multa, con el voto en contra de la Concejal Municipal Silvia Bonino;
        2º) que por Decreto Nº 35.623 del 2 de julio de 2015 se ratificaron los Decretos Departamentales Nºs. 33.209, 33.322 y 33.409 del 17 de diciembre del 2009, 15 de abril del 2010 y 17 de junio de 2010 respectivamente, en lo que no contravenga lo establecido en la Ley Nº 19.272 del 18 de setiembre del 2014, donde se establecen las
        competencias asignadas a los Gobiernos Municipales;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL D
        RESUELVE:
        1º.-Aplicar una multa de 20 U.R. (veinte unidades reajustables) a la Sra. Iris Conde Milar, CI 1.951.133-3, propietaria del Padrón Nº 182558 sita en la calle Las Huertas Nº 6464 ( 9143 dice en el lugar), con igual domicilio a los efectos legales, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2º.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3º.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyente y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 10 para la notificación a la infractora y librar el testimonio correspondiente.-
GABRIEL VELAZCO,Alcalde.-

ANA LUISA FLEITAS,Concejal Municipal