Resolución N° 58/17/0115
Nro de Expediente:
2016-3330-98-000644
 
MUNICIPIO D - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
7/6/2017


Tema:
VARIOS

Resumen:
No hacer lugar a la petición formulada por la Sra. Martha Billares, de dejar sin efecto la Resolución Nº 37/15/0115 del 11/03/2015.-

Montevideo, 7 de Junio de 2017.-
 
        VISTO: estas actuaciones, relacionadas con el funcionamiento del establecimiento destinado a pizzería, sito en la Avda. Gral. San Martín Nº 4249, propiedad de la Sra. Martha Billares, C.I. Nº 3.901.334-3;
        RESULTANDO: 1º) que por Resolución Nº 37/15/0115 del 11/03/2015, se aplicó una multa de 23 U.R. por falta de habilitación del establecimiento objeto de obrados, pese a los plazos concedidos, no se ha procedido a presentar las habilitaciones municipales que autoricen el funcionamiento del referido local;
        2º) que con fecha 1º de marzo del presente año, la Sra. Martha Billares solicita que se deje sin efecto la multa impuesta;
        3º) que la Abogada Asesora de este Municipio en la actuación número doce del expediente 2016-3330-98-000644, informa que la Sra. Billares justifica su petición en que cerró su comercio en marzo de 2015, la Resolución de referencia se encuentra firme al no haber sido recurrida en tiempo y forma, además surge de estas actuaciones que la situación irregular del comercio, que dio lugar a la multa, data de mucho tiempo antes que la resolución del 2015 y que la gestionante recibió múltiples comunicaciones del Servicio Centro Comunal Zonal Nº 11, que le advertían que de persistir en infracción se haría pasible de sanciones, por lo expuesto s sugiere no hacer lugar a la petición formulada;
        CONSIDERANDO: 1º) que el Gobierno Municipal por unanimidad, entiende conveniente proveer de conformidad a lo informado por la Abogada Asesora de este Municipio;
        2º) que por Decreto Nº 35.623 del 2 de julio de 2015 se ratificaron los Decretos Departamentales Nºs. 33.209, 33.322 y 33.409 del 17 de diciembre del 2009, 15 de abril del 2010 y 17 de junio de 2010 respectivamente, en lo que no contravenga lo establecido en la Ley Nº 19.272 del 18 de setiembre del 2014, donde se establecen las competencias asignadas a los Gobiernos Municipales;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL D
        RESUELVE:
        1º.- No hacer lugar a la petición formulada por la Sra. Martha Billares, de dejar sin efecto la Resolución Nº 37/15/0115 del 11/03/2015, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2º.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 11, a sus efectos.-
SANDRA NEDOV,Alcaldesa.-

JOSE LUIS MACHADO,Consejal Municipal (S)