Resolución N° 33/16/0115
Nro de Expediente:
3330-013975-15
 
MUNICIPIO D - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
3/5/2016


Tema:
VARIOS

Resumen:
Dejar sin efecto la Resolución Nº 213/15/0115 del 23/12/15, multa Barraca Panamericana.-

Montevideo, 3 de Mayo de 2016.-
 
        VISTO: estas actuaciones, relacionadas con el funcionamiento del establecimiento destinado a barraca, sito en la calle Lancaster Nº 3715, propiedad de Barraca Panamericana S.A., RUT 21 372928 0017, con igual domicilio a los efectos legales;
        RESULTANDO: 1º) que por Resolución Nº 231/15/0115 del 23/12/15, se aplicaron dos multas de 15 U.R. c/u, por infracción al Art. 14 inc.a numeral 1 y por infracción al Art. 3 inc. 20 del Decreto Nº 21.626 del 23/04/84;
        2º) que con fecha 10/09/2015 se informa que dicho emprendimiento presenta tarjeta vigente del Servicio de Contralor de la Edificación que resulta inválida por carecer de habilitación de la Dirección Nacional de Bomberos, solicitando la aplicación de las sanciones lo que se efectivizó con la Resolución precitada;
        3º) que la Dra. Mónica Martínez informa a fs. 23 de estas actuaciones, que a fs. 14 surge un escrito de contestación de vista presentada el 30/X/15, con argumentos que no fueron debidamente valorados en forma previa a la aplicación de las sanciones y posteriormente que se le notificó la referida resolución, se presenta nuevamente el interesado y reitera encontrarse dentro de los plazos para realizar todos los permisos necesarios para funcionar, por lo expuesto por razones formales correspondería dejar sin efecto la resolución y que el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 11, valore lo manifestado por el interesado;
        CONSIDERANDO: 1º) que el Gobierno Municipal por unanimidad entiende conveniente dejar sin efecto la Resolución Nº 213/15/0115 del 23/12/15;
        2º) que por Decreto Nº 35.623 del 2 de julio de 2015 se ratificaron los Decretos Departamentales Nºs. 33.209, 33.322 y 33.409 del 17 de diciembre del 2009, 15 de abril del 2010 y 17 de junio de 2010 respectivamente, en lo que no contravenga lo establecido en la Ley Nº 19.272 del 18 de setiembre del 2014, donde se establecen las competencias asignadas a los Gobiernos Municipales;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL D
        RESUELVE:
        1º.- Dejar sin efecto la Resolución Nº 213/15/0115 del 23/12/15, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2º.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión al Contribuyente y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 11 a sus efectos.-
SANDRA NEDOV,Alcaldesa.-

ALEJANDRO ANTONELLI,Concejal Municipal