Resolución N° 86/19/0115
Nro de Expediente:
2017-3330-98-000283
 
MUNICIPIO D - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
15/5/2019


Tema:
MULTA

Resumen:
Aplicar una multa de 20 U.R a DEVINCO S.A. RUT 21 252962 0010, con domicilio en la calle Gobernador Viana Nº 2596, por incumplimiento a lo intimado con respecto a la finca de la calle Juan Jacobo Rousseau Nº 4321.-

Montevideo, 15 de Mayo de 2019.-
 
        VISTO: estas actuaciones, relacionadas con la finca sita en la calle Juan Jacobo Rousseau Nº 4315 Apto. 1
        RESULTANDO: 1º) que el Servicio de Escribanía informa que el titular registral del padrón Nº 105.858, es la empresa DEVINCO S.A. RUT 21 252962 0010, la cual tiene domicilio en la calle Gobernador Viana Nº 2596, por compraventa de fecha 23/XII/1994;
        2º) que el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 11 intimo al propietario a subsanar las rajaduras existentes en la casa de la calle Juan Jacobo Rousseau Nº 4315 Apto. 1, ocasionados por la finca abandonada de la calle Juan Jacobo Rousseau Nº 4321, propiedad de DEVINCO S:A., no habiéndose dado cumplimiento a lo intimado se sugiere la aplicación de una multa de 20 U.R., según lo que establece el Art. 3, numeral 12 Inc. A) del Decreto Nº 21.626, del 23/IV/84 (Régimen Punitivo), actualizado por Resolución 2287/13 del 3 de junio de 2013;
        CONSIDERANDO: 1º) que el Gobierno Municipal por unanimidad entiende que corresponde la aplicación de la multa;
        2º) que por Decreto Nº 35.623 del 2 de julio de 2015 se ratificaron los Decretos Departamentales Nºs. 33.209, 33.322 y 33.409 del 17 de diciembre del 2009, 15 de abril del 2010 y 17 de junio de 2010 respectivamente, en lo que no contravenga lo establecido en la Ley Nº 19.272 del 18 de setiembre del 2014, donde se establecen las competencias asignadas a los Gobiernos Municipales;



        EL GOBIERNO MUNICIPAL D
        RESUELVE:
        1º.- Aplicar una multa de 20 U.R (veinte unidades reajustable) a DEVINCO S.A. RUT 21 252962 0010, con domicilio en la calle Gobernador Viana Nº 2596, con igual domicilio a los efectos legales, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2º.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3º.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión al Contribuyente y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 11 para la notificación a la infractora y librar el testimonio correspondiente.
SANDRA NEDOV,Alcaldesa.-

CAROLINA MURPHY,Concejal Municipal