Resolución N° 123/16/0115
Nro de Expediente:
2016-3330-98-000479
 
MUNICIPIO D - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
30/11/2016


Tema:
MULTA

Resumen:
Aplicar una multa de 1 U.R. y otra de 22 U.R. al Sr. Alfredo Cardozo Trías, C.I. Nº 2.593.006, con domicilio en la Avda. Millán Nº 4018, propietario del predio empadronado con el Nº 413.996, sito en el Cno. Corrales Nº 3286, por falta de higiene y vereda.-

Montevideo, 30 de Noviembre de 2016.-
 
        VISTO: estas actuaciones, relacionadas con la falta de vereda y el estado de abandono del predio empadronado con el Nº 413.996, sito en el Cno. Corrales Nº 3286, propiedad del Sr. Alfredo Cardozo Trías, C.I. Nº 2.593.006, con domicilio en la Avda. Millán Nº 4018;
        RESULTANDO: 1º) que según surge de las mismas pese a los plazos concedidos no se ha procedido a la limpieza del predio y la construcción de vereda;
        2º) que el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 11 sugiere la aplicación de una multa de 1 U.R. y otra de 22 U.R. por infracción al Art. 4, Literal b Nral.19 de la Sección III y Art. 3º, inc.17 de la Sección II, del Decreto No. 21.626 del 23/IV/84 (Régimen Punitivo), actualizado por Resolución 2287/13 del 3 de junio de 2013;
        CONSIDERANDO: 1º) que el Gobierno Municipal por mayoría, entiende que corresponde la aplicación de la multa, con el voto en contra de los Concejales Néstor Paipo y Carolina Murphy;
        2º) que por Decreto Nº 35.623 del 2 de julio de 2015 se ratificaron los Decretos Departamentales Nºs. 33.209, 33.322 y 33.409 del 17 de diciembre del 2009, 15 de abril del 2010 y 17 de junio de 2010 respectivamente, en lo que no contravenga lo establecido en la Ley Nº 19.272 del 18 de setiembre del 2014, donde se establecen las competencias asignadas a los Gobiernos Municipales;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL D
        RESUELVE:
        1º.- Aplicar una multa de 1 U.R.(una unidad reajustable) y otra de 22 U.R. (veintidós unidades reajustables) al Sr. Alfredo Cardozo Trías, C.I. Nº 2.593.006, con domicilio en la Avda. Millán Nº 4018; propietario del predio empadronado con el Nº 413.996, sito en el Cno. Corrales Nº 3286, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2º.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3º.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión al Contribuyente y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 11 para la notificación al infractor y librar el testimonio correspondiente.-
SANDRA NEDOV,Alcaldesa.-

DANIEL FAGUNDEZ,Concejal Municipal