Resolución N° 69/14/0115
Nro de Expediente:
3330-022100-12
 
MUNICIPIO D - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
14/5/2014


Tema:
MULTA

Resumen:
Aplicar una multa de 20 U.R. a los Sres. Luis Enrique Alurralde y Alfredo Mario Alurralde, C.I. Nºs. 1.306.979-8 y 1.130.807 respectivamente, propietarios de la finca sita en la calle Barquisimeto Nº 3845, empadronada con el Nº 78.807, por humedades a la finca sita en la calle Barquisimeto Nº 384.-

Montevideo, 14 de Mayo de 2014.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la finca sita en la calle Barquisimeto Nº 3845, empadronada con el Nº 78.807, propiedad de los Sres. Luis Enrique Alurralde y Alfredo Mario Alurralde, C.I. Nºs. 1.306.979-8 y 1.130.807, con domicilio a los efectos legales en el citado precedentemente;
        RESULTANDO: 1º) que el Servicio Centro Comunal Zonal N° 11, solicitó en reiteradas oportunidades a los titulares del bien el retiro de un árbol ubicado a menos de 1,50 mts. de la medianera con el Padrón lindero Nº 78.808, sito en la calle Barquisimeto Nº 3841, por provocar humedad a la vivienda, que afectan su habitabilidad;
        2º) que ante el incumplimiento de lo intimado se sugiere, la aplicación de una multa de 20 U.R., según lo que establece la Sección II, Artículo 3º, Numeral 12, Inciso a) del Decreto Nº 21.626;
        CONSIDERANDO: que por Resoluciones Nos. 3642/10 del 9/VIII/10 y 3797/10 del 23/VIII/10, la Sra. Intendenta de Montevideo estableció las competencias asignadas a los Gobiernos Municipales;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL D
        RESUELVE:
        1º.- Aplicar una multa de 20 U.R. (veinte unidades reajustables) a los Sres. Luis Enrique Alurralde y Alfredo Mario Alurralde, C.I. Nºs. 1.306.979-8 y 1.130.807 respectivamente, propietarios de la finca sita en la calle Barquisimeto Nº 3845, empadronada con el Nº 78.807, con igual domicilio a los efectos leales, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2º.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3º.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyente y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 11 para la notificación al infractor y librar el testimonio correspondiente.-
SANDRA NEDOV,Alcaldesa.-

ALVARO PEDRAJA,Concejal Municipal