Resolución N° 150/19/0115
Nro de Expediente:
2018-3330-98-000712
 
MUNICIPIO D - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
21/8/2019


Tema:
MULTA HUMEDADES

Resumen:
Aplicar una multa de 20 U.R. (veinte unidades reajustables) a la Sra. Fernanda Libby Caballero, C.I. 3.330.856-6 , por no realizar las reparaciones necesaria a los efectos de eliminar las humedades que perjudican a la finca sita en la calle Enrique Clay Nº 2657 apto. 4.-

Montevideo, 21 de Agosto de 2019.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el inmueble sito en la calle Enrique Clay Nº 2657 apto. 4;
        RESULTANDO: 1º) que se solicitó al titular del inmueble, sito en la calle Juan Jacobo Rousseau Nº 4135, Sra. Fernanda Libby Caballero, C.I. 3.330.856-6, .las reparaciones necesarias en la precitada finca, a los efectos de eliminar las humedades que perjudican a la finca sita en la calle Enrique Clay Nº 2657 apto. 4;
        2º) que el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 11, sugiere ante el incumplimiento de lo intimado, la aplicación de una multa de 20 U.R., según lo que establece la Sección II, Artículo 3º, Numeral 12, Inciso A) del Decreto Nº 21.626 del 23/IV/84 (Régimen Punitivo), actualizado por Resolución 2287/13 del 3 de junio de 2013;
        CONSIDERANDO: 1º) que el Gobierno Municipal, por mayoría entiende que corresponde proceder a la aplicación de la multa, con el voto en contra de la Concejal Municipal Carolina Murphy;
        - 2º) que por Decreto Nº 35.623 del 2 de julio de 2015 se ratificaron los Decretos Departamentales Nºs. 33.209, 33.322 y 33.409 del 17 de diciembre del 2009, 15 de abril del 2010 y 17 de junio de 2010 respectivamente, en lo que no contravenga lo establecido en la Ley Nº 19.272 del 18 de setiembre del 2014, donde se establecen las
        competencias asignadas a los Gobiernos Municipales;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL D
        RESUELVE:
        1º.- Aplicar una multa de 20 U.R. (veinte unidades reajustables) a la Sra. Fernanda Libby Caballero, C.I. 3.330.856-6, propietaria de la finca sita en la calle Juan Jacobo Rousseau Nº 4135, con igual domicilio a los efectos legales, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2º.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3º.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyente y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 11 para la notificación a la infractora y librar el testimonio correspondiente.
SANDRA NEDOV,Alcaldesa.-

ALEJANDRO ANTONELLI,Concejal Municipal