Resolución N° 81/18/0115
Nro de Expediente:
2016-3330-98-001687
 
MUNICIPIO D - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
25/7/2018


Tema:
MULTA

Resumen:
Aplicar una multa de 1 U.R y otra de 1 U.R, a El Progreso Cristiani Hermanos S.A. RUT 21 003968 0010 , relacionadas con la falta de higiene en la veredas y predios empadronados con los Nºs. 98594, 98593 y 75031, sitos con frentes al Cno. Corrales Nºs. 2881, 2885 y 2909

Montevideo, 25 de Julio de 2018.-
 
        VISTO: estas actuaciones, relacionadas con la falta de higiene en la veredas y predios empadronados con los Nºs. 98594, 98593 y 75031, sitos con frentes a la calle Cno. Corrales Nºs. 2881, 2885 y 2909;
        RESULTANDO: 1º) que el Servicio de Escribanía informa que los referidos padrones pertenecen a la empresa El Progreso Cristiani Hermanos S.A., RUT 21 003968 0010 ;
        2º) que el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 11 informa que se realizó a través del Diario Oficial con fecha enero 2017, la notificación pertinente, y pese a los plazos concedidos no se ha procedido a la limpieza total y permanente de los predios, ni a la limpieza total y permanente de la acera por lo que sugiere la aplicación de una multa de 1 U.R., por infracción al Art. 4º Lit. B, Nral. 19, Sección III del Decreto No. 21.626 del 23/IV/84 (Régimen Punitivo), actualizado por Resolución 2287/13 del 3 de junio de 2013, otra de 1 U.R y otra por infracción al Art. 4º Lit. B Nral. 16,Sección III del Decreto No. 21.626 del 23/IV/84 (Régimen Punitivo), actualizado por Resolución 2287/13 del 3 de junio de 2013;
        CONSIDERANDO: 1º) que el Gobierno Municipal por unanimidad entiende que corresponde proceder a la aplicación de la multa;
        2º) que por Decreto Nº 35.623 del 2 de julio de 2015 se ratificaron los Decretos Departamentales Nºs. 33.209, 33.322 y 33.409 del 17 de diciembre del 2009, 15 de abril del 2010 y 17 de junio de 2010 respectivamente, en lo que no contravenga lo establecido en la Ley Nº 19.272 del 18 de setiembre del 2014, donde se establecen las competencias asignadas a los Gobiernos Municipales;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL D
        RESUELVE:
        1º.- Aplicar una multa de 1 U.R (una unidad reajustable) y otra de 1 U.R (una unidad reajustable) ,a El Progreso Cristiani Hermanos S.A. RUT 21 003968 0010 , propietaria de los predios empadronados con los Nºs. 98594, 98593 y 75031, sitos con frentes a la calle Cno. Corrales Nºs. 2881, 2885 y 2909, con domicilio en la calle Cno. Corrales Nº 2885 a los efectos legales, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2º.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3º.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión al Contribuyente y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 11 para la notificación a la infractora y librar el testimonio correspondiente.
SANDRA NEDOV,Alcaldesa.-

DANIEL FAGUNDEZ,Concejal Municipal