Resolución N° 191/19/0115
Nro de Expediente:
2018-4540-98-000036
 
MUNICIPIO D - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
16/10/2019


Tema:
VARIOS

Resumen:
Rescindir el contrato celebrado con Constructora Oriental S.A., realizado por Licitación Pública Nº 350618/1,

Montevideo, 16 de Octubre de 2019.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el llamado a licitación Pública Nº 350618/1, para la ejecución de la obra de construcción, mejoramiento de pavimentos económicos y carpeta asfáltica en este Municipio;
        RESULTANDO: 1º) que por Resolución Nº 220/18/0115 del 26 de diciembre de 2018, se adjudicó a Constructora Oriental S.A., los precitados trabajos, de acuerdo a las condiciones que rigió el llamado a Licitación Pública, por la suma total de $ 19:853.482,48 impuestos incluidos;
        2º) que la Abogada Asesora de este Municipio, informa que: a) según consta en la actuación Nº 45 de este expediente la adjudicataria suspendió los trabajos que se venían realizando en el Camino Colman, entre Camino Domingo Arena y Capitán Tula; b) el Servicio de Construcciones Viales intimó a la empresa el cumplimiento del contrato, recibiendo del respresentante de la misma, una solicitud de plazo de 15 días para comunicar su decisión, dado que la empresa se encontraba en una difícil situación económica, a lo que se le otorgó un plazo de veinticuatro horas para continuar los trabajos o presentar una nota de descargo; c) persistiendo el incumplimiento el 12 de setiembre funcionarios del mencionado Servicio se presentaron en el domicilio constituido de la empresa en la calle Simón Bolívar Nº 1299, constatando que la misma se había mudado; d) por lo expuesto se ha configurado el incumplimiento grave y definitivo del adjudicatario al contrato celebrado con la administración municipal, lo que amerita la rescisión del mismo;
        CONSIDERANDO: 1º) que el Gobierno Municipal por unanimidad entiende que debe procederse a la rescisión del referido contrato;
        2º) que por Decreto Nº 35.623 del 2 de julio de 2015 se ratificaron los Decretos Departamentales Nºs. 33.209, 33.322 y 33.409 del 17 de diciembre del 2009, 15 de abril del 2010 y 17 de junio de 2010 respectivamente, en lo que no contravenga lo establecido en la Ley Nº 19.272 del 18 de setiembre del 2014, donde se establecen las competencias asignadas a los Gobiernos Municipales;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL D
        RESUELVE:
        1º.- Rescindir el contrato celebrado con Constructora Oriental S.A., realizado por Licitación Pública Nº 350618/1, para la ejecución de la obra de construcción, mejoramiento de pavimentos económicos y carpeta asfáltica en este Municipio, por las razones referidas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2º.- Comuníquese a la División Asesoría de Desarrollo Municipal y Participación y a los Servicios Centros Comunales Zonales Nºs. 10 y 11 y pase al Sector Despacho para la notificación urgente a la empresa Constructora Oriental S.A., cumplido pase al Servicio de Compras para indicar los trámites a seguir.-
SANDRA NEDOV,Alcaldesa.-

HUGO SOSA,Concejal Municipal (s)

CARLOS RODRIGUEZ,Concejal Municipal (s)