Resolución N° 117/14/0115
Nro de Expediente:
3320-000825-12
 
MUNICIPIO D - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
3/9/2014


Tema:
MULTA HABILITACIONES MUNICIPALES Y BOMBEROS

Resumen:
Aplicar una multa de 5 U.R. y otra de 5 U.R. a la Sra. Adriana Noel Da Costa, C.I. 4.695.097-6, propietaria del establecimiento destinado a comercio al por menor, almacén, sito en el Cno. Petirossi Nº 5128, otorgando un plazo 30 días para el retiro de las máquinas tragamonedas.-

Montevideo, 3 de Setiembre de 2014.-
 
        VISTO: estas actuaciones, relacionadas con el establecimiento destinado a comercio al por menor, almacén, sito en el Cno. Petirossi Nº 5128, propiedad de la Sra. Adriana Noel Da Costa, C.I. 4.695.097-6, con igual domicilio a los efectos legales;
        RESULTANDO: 1º) que según surge de las mismas: a) con fecha 8 de mayo del 2012, se le intima el retiro de las máquinas tragamonedas en un plazo de 30 días, que funcionan en el local comercial, interponiendo la Sra. Adriana Noel Da Costa consta el acto administrativo el recurso de reposición y apelación en subsidio; b) por Resolución Nº 94/12/0115 del 26/12/12 el Gobierno Municipal no hizo lugar al recurso de reposición interpuesto y por Resolución Nº 844/13 del 25/II/13 la Sra. Intendenta de Montevideo, no hizo lugar el recurso de apelación en subsidio, manteniéndose firme la intimación efectuada;
        2º) que por Resolución Nº 3522/06 del 15/9/06 se dispuso que no se concederán revalidas o habilitaciones o nuevas habilitaciones de locales comerciales en los cuales se constate la existencia de maquinas tragamonedas;
        3º) que por Decreto Nº 35004 de la Junta Departamental de Montevideo la instalación de las referidas maquinas implicaría una alteración del destino que habilitaría a la Intendencia a proceder a la clausura del establecimiento, sin perjuicios de las sanciones pecuniarias que correspondan;
        4º) que el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 10 sugiere la aplicación de una multa de 5 U.R por infracción al Art. 14, inc. a, numeral 7 y otra de 5 U.R. por infracción al Art. 3, inc.20 del Decreto Nº 21.626 del 23/IV/84, bajo apercibimiento de solicitar la clausura del local comercial;
        CONSIDERANDO: que por Resoluciones Nos. 3642/10 del 9/VIII/10 y 3797/10 del 23/VIII/10, la Sra. Intendenta de Montevideo estableció las competencias asignadas a los Gobiernos Municipales;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL D
        RESUELVE:
        1º.- Aplicar una multa de 5 U.R. (cinco unidades reajustables) y otra de 5 U.R. (cinco unidades reajustables) a la Sra. Adriana Noel Da Costa, C.I. 4.695.097-6, propietaria del establecimiento destinado a comercio al por menor, almacén, sito en el Cno. Petirossi Nº 5128, con igual domicilio a los efectos legales, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2º.-Conceder un plazo de 30 (treinta) días calendario para efectuar el retiro de las máquinas tragamonedas que se encuentran en el local destinado a comercio al por menor, almacén, sito en el Cno. Petirossi Nº 5128, en caso de incumplimiento se procederá a la clausura del mismo.-
        3º.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        4º.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 10, para la notificación a la infractora y librar el testimonio correspondiente.-
SANDRA NEDOV,Alcaldesa.-

CAROLINA MURPHY,Concejal Municipal