Resolución N° 123/23/0115
Nro de Expediente:
2020-3330-98-000159
 
MUNICIPIO D - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
12/7/2023


Tema:
MULTA

Resumen:
Aplicar una multa de 8 U.R. a VIVATEX S.A. RUT 21 680592 0012, responsable de la marquesina instalada en el establecimiento sito en la Avda. 8 de Octubre Nº 3665 bis,con domicilio fiscal sito en Avda. 18 de Julio Nº 1069, por incumplimiento a lo intimado oportunamente.-

Montevideo, 12 de Julio de 2023.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con la marquesina colocada en el establecimiento sito en Avda. 8 de Octubre Nº 3665 bis, de la cual es responsable VIVATEX S.A., RUT 21 680592 0012, con domicilio fiscal sito en Avda. 18 de Julio Nº 1069;
        RESULTANDO: que el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 11 informa que pese al plazo concedido y al tiempo transcurrido no se procedió a realizar lo intimado oportunamente: levantar las observaciones surgidas del informe técnico con fecha 11 de noviembre de 2022 realizado por la Arquitecta Sofía Lubbé, por lo que se aconseja aplicar una multa de 8 U.R., por infracción a lo establecido en la Sección II, Art. 3, Numeral 16 del Decreto Nº 21.626 del 23/IV/84 (Régimen Punitivo), actualizado por Resolución 2287/13 del 3 de junio de 2013;
        CONSIDERANDO: 1º) que el Gobierno Municipal por unanimidad entiende que corresponde la aplicación de la multa;
        2º) que por Decreto Nº 35.623 del 2 de julio de 2015 se ratificaron los Decretos Departamentales Nºs. 33.209, 33.322 y 33.409 del 17 de diciembre del 2009, 15 de abril del 2010 y 17 de junio de 2010 respectivamente, en lo que no contravenga lo establecido en la Ley Nº 19.272 del 18 de setiembre del 2014, donde se establecen las competencias asignadas a los Gobiernos Municipales;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL D
        RESUELVE:
        1º.- Aplicar una multa de 8 U.R. (ocho unidades reajustables) a VIVATEX S.A. RUT 21 680592 0012, responsable de la marquesina instalada en el establecimiento sito en la Avda. 8 de Octubre Nº 3665 bis, con domicilio fiscal sito en Avda. 18 de Julio Nº 1069, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2º.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de notificación de la presente resolución, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes bajo apercibimiento de que en caso de omisión se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3º.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión al Contribuyente y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 11 para la notificación a la infractora y librar el testimonio correspondiente.-
GABRIEL VELAZCO,Alcalde.-

ANA LUISA FLEITAS,Concejal Municipal