Resolución N° 62/17/0115
Nro de Expediente:
2016-3330-98-000723
 
MUNICIPIO D - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
28/6/2017


Tema:
MULTA FALTA DE HABILITACION

Resumen:
Aplicar una multa de 23 U.R. a la Sra. María de los Ángeles Soria, C.I. Nº 4.219.694-4, R.U.T Nº 21 491677 0012, propietaria del establecimiento destinado a elaboración y envasado de productos químicos, sito en la calle Rancagua Nº 3440, por falta de habilitación.-

Montevideo, 28 de Junio de 2017.-
 
        VISTO: estas actuaciones, relacionadas con el funcionamiento del establecimiento destinado a elaboración y envasado de productos químicos, sito en la calle Rancagua Nº 3440, propiedad de la Sra. María de los Ángeles Soria, C.I. Nº 4.219.694-4, R.U.T Nº 21 491677 0012
        RESULTANDO: 1º) que según surge de las mismas, pese a los plazos concedido y a las multas aplicadas por Resoluciones Nºs. 108/13/0115 y 230/15/0115 de fechas 9 de octubre de 2013 y 23 de diciembre de 2015 respectivamente, no se ha procedido a presentar la documentación habilitante que autorice el funcionamiento del referido local (habilitaciones municipales);
        2º) que el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 11 sugiere la aplicación de una multa de 23 U.R por infracción al Art. 14, inc. a, numeral 1 (falta de habilitación municipal) y los Arts. 21 y 22 del Decreto Nº 21.626 del 23/IV/84 (Régimen Punitivo), actualizado por Resolución 2287/13 del 3 de junio de 2013;
        CONSIDERANDO: 1º) que el Gobierno Municipal por mayoría, entiende que corresponde la aplicación de la multa, con el voto en contra de la Concejal Municipal Carolina Murphy;
        2º) que por Decreto Nº 35.623 del 2 de julio de 2015 se ratificaron los Decretos Departamentales Nºs. 33.209, 33.322 y 33.409 del 17 de diciembre del 2009, 15 de abril del 2010 y 17 de junio de 2010 respectivamente, en lo que no contravenga lo establecido en la Ley Nº 19.272 del 18 de setiembre del 2014, donde se establecen las competencias asignadas a los Gobiernos Municipales;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL D
        RESUELVE:
        1º.- Aplicar una multa de 23 U.R. (veintitrés unidades reajustables) a la Sra. María de los Ángeles Soria, C.I. Nº 4.219.694-4, R.U.T Nº 21 491677 0012, propietaria del establecimiento destinado a elaboración y envasado de productos químicos, sito en la calle Rancagua Nº 3440, con igual domicilio a los efectos legales, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2º.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3º.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 11, para la notificación a la infractora y librar el testimonio correspondiente.-
SANDRA NEDOV,Alcaldesa.-

ALEJANDRO ANTEONELLI,Consejal Municipal