Resolución N° 184/15/0115
Nro de Expediente:
3270-000076/09
 
MUNICIPIO D - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
8/10/2015


Tema:
MULTA FALTA DE HABILITACION

Resumen:
Aplicar una multa de 10 U.R. y otra de 5 U.R. al Sr. José Luis Piñeyro, C.I. Nº 1.313.172-7, propietario del establecimiento destinado a depósito, sito en la calle Gobernador Viana Nº 2695, por falta de habilitación municipal y de la Dirección Nacional de Bomberos.-

Montevideo, 8 de Octubre de 2015.-
 
        VISTO: estas actuaciones, relacionadas con el funcionamiento del establecimiento destinado a depósito, sito en la calle Gobernador Viana Nº 2695, propiedad del Sr. José Luis Piñeyro, C.I. Nº 1.313.172-7;
        RESULTANDO: 1º) que por Resoluciones Nºs 67/11/0115 del 14/IX/11 y 31/14/0115 del 19/II/14 se aplicarón multas por no presentar la documentación habilitante que autorice el funcionamiento del referido local (Habilitaciones Municipales y de la Dirección Nacional de Bomberos);
        2º) que el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 11 informa que: a) no habiendo cumplido con lo intimado corresponde la aplicación de una multa de 10 U.R. y 5 U.R.por infracción al Art. 14º, inc.a) numeral 1º y b) de acuerdo a lo previsto en el Art. 23 del Decreto Nº 21.626 no se considera reincidencia de la multa dado el tiempo trancurrido y el monto de la multa aplicada;
        CONSIDERANDO: 1º) que el Gobierno Municipal por mayoría entiende conveniente proveer de conformidad con lo informado;
        2º) que por Decreto Nº 35.623 del 2 de julio de 2015 se ratificaron los Decretos Departamentales Nºs. 33.209, 33.322 y 33.409 del 17 de diciembre del 2009, 15 de abril del 2010 y 17 de junio de 2010 respectivamente, en lo que no contravenga lo establecido en la Ley Nº 19.272 del 18 de setiembre del 2014, donde se establecen las competencias asignadas a los Gobiernos Municipales;1º) que el Gobierno Municipal por unanimidad, entiende conveniente proveer de conformidad con lo informado;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL D
        RESUELVE.
        1º.- Aplicar una multa de 10 U.R. (diez unidades reajustables)y otra de 5 U.R (cinco unidades reajustables con cuatro mil doscientas cinco diezmilésimas) al Sr. José Luis Piñeyro, C.I. Nº 1.313.172-7, propietario del establecimiento destinado a depósito, sito en la calle Gobernador Viana Nº 2695, con igual domicilio a los efectos legales, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2º.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3º.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión al Contribuyente y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 11 para la notificación al infractor y librar el testimonio correspondiente.
SANDRA NEDOV,Alcaldesa.-

DANIEL FAGUNDEZ,Concejal Municipal