Resolución N° 186/14/0111
Nro de Expediente:
3360-004854-12
 
MUNICIPIO A - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
2/8/2014


Tema:
MULTA POR FALTA DE CERCO

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 4 (unidades reajustables cuatro), a la empresa NADELAR S.A., R.U.T. 21 363977 0015; propietaria del predio empadronado con el No. 146502, ubicado en la calle Timote esquina Diógenes Hecquet, con domicilio a efectos legales en Dufort y Alvarez 3211 Apto.2

Montevideo, 2 de Agosto de 2014.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la falta de cercado reglamentario del predio empadronado con el No. 146502, ubicado en la Calle Timote Esquina Diógenes Hecquet propiedad de la empresa NEDELAR S.A., R.U.T. 21 363977 0015, con domicilio a los efectos legales en la calle Dufort y Álvarez 3211 Apto.2;
        RESULTANDO: 1o.) que en inspecciones realizadas por el Servicio Centro Comunal No. 14 surge que el padrón No. 146502 carece de cercado reglamentario del predio;
        2o.) que ante el incumplimiento de lo intimado, se solicita la aplicación de una multa de U.R.4 a la firma titular de obrados, por infracción a lo dispuesto en el Artículo 3º, numeral 6, sección II del Decreto No. 21.626 de 23/IV/84;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas a aplicar por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL A
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de U.R. 4 (unidades reajustables cuatro), a la empresa NADELAR S.A., R.U.T. 21 363977 0015, propietaria del predio empadronado con el No. 146502, ubicado en la calle Timote esquina Diógenes Hecquet, con domicilio a efectos legales en Dufort y Álvarez 3211 Apto.2, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Intimar al cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro del plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de las multas.-
        3.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 14 para notificación al infractor y demás efectos
Gabriel Otero,Alcalde Municipio A.-

Concejal Municipal,Concejal Municipal-Municipio A