Resolución N° 142/21/0111
Nro de Expediente:
2020-3410-98-000105
 
MUNICIPIO A - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
15/7/2021


Tema:
MULTA POR FALTA DE LIMPIEZA Y CERCO

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 1 (unidades reajustables una), y otra de U.R. 4 (unidades reajustables cuatro), al Sr. Santiago Keuliyan Suhr, C.I. 2.003.010-2,

Montevideo, 15 de Julio de 2021.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la falta de limpieza y cerco del predio empadronado con el No. 421.819, sito en la calle Ideario Artiguista No. 1970, del cual es responsable el Sr. Santiago Keuliyan Suhr, C.I. 2.003.010-2, con domicilio a efectos legales en la calle Caramurú No. 5625;
        RESULTANDO: 1o.) que en inspecciones realizadas por el Centro Comunal Zonal No.18, se constató la falta de limpieza y cerco reglamentario del predio de referencia, intimando al propietario a regularizar la situación;
        2o.) que ante el incumplimiento de lo intimado, corresponde la aplicación de una multa de U.R. 1 y otra de U.R. 4, por infracción a lo dispuesto en el Decreto 21.626, Sección III, Articulo 4, Inciso B, Numeral 19, y Sección II, Articulo 3, Numeral 6;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas a aplicar por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL A
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de U.R. 1 (unidades reajustables una), y otra de U.R. 4 (unidades reajustables cuatro), al Sr. Santiago Keuliyan Suhr, C.I. 2.003.010-2, domiciliado en la calle Caramurú No. 5625, propietario del padrón No. 421.819, ubicado en la calle Ideario Artiguista No. 1970, por las razones mencionadas en la parte expositiva de a presente resolución.-
        2.- Intimar al cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro del plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de las multas.-
        3.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 18 a efectos de notificar al infractor.-
Jorge Meroni,Alcalde - Municipio A.-

Concejal Municipal,Concejal Municipal - Municipio A