Resolución N° 16/16/0111
Nro de Expediente:
3360-003609-15
 
MUNICIPIO A - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
23/2/2016


Tema:
MULTA POR FALTA DE LIMPIEZA Y CERCO

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 4 (unidades reajustables cuatro), a el Sr. José Antonio Iguini Ramírez, C.I. 1.440.720-2, responsable del predio empadronado con el No. 37.298, ubicado en calle Benito Riquet No.1267

Montevideo, 23 de Febrero de 2016.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la construcción de un cerco frontal que invade vía pública, del predio empadronado con el No.37.298, ubicado en la calle Benito Riquet No.1267, del cual es responsable el Sr. José Antonio Iguini Ramírez, C.I. 1.440.720-2, con igual domicilio a efectos legales;
        RESULTANDO: 1o.) que en inspección realizada por el Servicio Centro Comunal No. 14 surge que en el padrón No. 37.298 se construyó un cerco que invade la vía pública, intimándose a realizar las obras tendientes a regularizar la situación;
        2o.) que ante el incumplimiento de lo intimado, se solicita la aplicación de una multa de U.R.4 a el titular de obrados, por infracción a lo dispuesto por el, Art. 3º, Numeral 6, Sección II del Decreto No. 21.626 de 23/IV/84;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas a aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL A
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de U.R. 4 (unidades reajustables cuatro), a el Sr. José Antonio Iguini Ramírez, C.I. 1.440.720-2, responsable del predio empadronado con el No. 37.298, ubicado en calle Benito Riquet No.1267, con igual domicilio a efectos legales, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Intimar al cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro del plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de las multas.-
        3.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 14 para notificación al infractor y demás efectos
Gabriel Otero,Alcalde Municipio A.-

Concejal Municipal,Concejal Municipal - Municipio A