Resolución N° 13/14/0111
Nro de Expediente:
3390-011661-12
 
MUNICIPIO A - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
14/1/2014


Tema:
MULTA POR FALTA DE LIMPIEZA Y CERCO

Resumen:
Aplicar dos multas de U.R. 1 cada una (unidades reajustables una) y una multa de U.R. 4 (unidades reajustables cuatro), a los Sres. José Antonio Pereira Peluffo, C.I. 1.317.895-9 y Silvana Fernández Blanco, C.I. 1.798.512-7, propietarios del predio empadronado con el No. 113890, ubicado en la calle Bélgica No. 1782, con domicilio a los efectos legales en la calle Polonia No. 3983,

Montevideo, 14 de Enero de 2014.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la falta de higiene y cercado del predio empadronado con el No. 113890, ubicado en la calle Bélgica No. 1782, propiedad de los Sres. José Antonio Pereira Peluffo, C.I. 1.317.895-9 y Silvana Fernández Blanco, C.I. 1.798.512-7, con domicilio a los efectos legales en la calle Polonia No. 3983;
        RESULTANDO: 1o.) que en inspecciones realizadas por el Servicio Centro Comunal No. 17 surge que el padrón No. 113890 carece de limpieza del terreno y acera del mismo, así como cercado del predio;
        2o.) que ante el incumplimiento de lo intimado, se solicita la aplicación de dos multas de U.R.1, y una de U.R. 4 a la firma titular de obrados, por infracción a lo dispuesto por el Decreto No. 21.626 de 23/IV/84, Artículos 3º y 4º;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas a aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL A
        RESUELVE:
        1.- Aplicar dos multas de U.R. 1 cada una (unidades reajustables una) y una multa de U.R. 4 (unidades reajustables cuatro), a los Sres. José Antonio Pereira Peluffo, C.I. 1.317.895-9 y Silvana Fernández Blanco, C.I. 1.798.512-7, propietarios del predio empadronado con el No. 113890, ubicado en la calle Bélgica No. 1782, con domicilio a los efectos legales en la calle Polonia No. 3983, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Intimar al cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro del plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de las multas.-
        3.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 17 para notificación al infractor y demás efectos.-
Gabriel Otero,Alcalde Municipio A.-

Concejal Municipal,Concejal Municipal-Municipio A