Resolución N° 233/14/0111
Nro de Expediente:
3360-009737-12
 
MUNICIPIO A - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
19/9/2014


Tema:
MULTA POR FALTA DE CONDICIONES DE HABITABILIDAD

Resumen:
Problemas de humedades de la vivienda sita en la Avda. Agraciada No. 4014 Apto. 8, padrón No.41532, responsabilidad de la empresa MYCLAN S.A., R.U.T. 21 031907 0018, con domicilio a efectos legales en la calle José Enrique Rodó No.1824 Apto.602

Montevideo, 19 de Setiembre de 2014.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con problemas de humedades de la vivienda sita en la Avda. Agraciada No. 4014 Apto. 8, padrón No.41532, de la cual es responsable la empresa MYCLAN S.A., R.U.T. 21 031907 0018, con domicilio a efectos legales en la calle José Enrique Rodó No.1824 Apto.602;
        RESULTANDO: 1o.) que en la inspección profesional realizada el Servicio Centro Comunal No. 14, se comprobó que el Apartamento 8 presentaba problemas de humedades que afectaban gravemente su habitabilidad;
        2o.) que se intimó al responsable a realizar las tareas necesarias a efectos de eliminar las humedades y filtraciones, en el Apartamento referido;
        3o.) que ante el incumplimiento de lo intimado, se solicita la aplicación de una multa de U.R. 10 a el titular de obrados, por infracción a lo dispuesto Artículo 3, numeral 12, sección II, Inciso A, del Decreto No. 21.626 de 23/IV/84;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas a aplicar por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL A
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de U.R. 10 (unidades reajustables diez) , a la empresa MYCLAN S.A., R.U.T. 21 031907 0018, responsable de la vivienda sita en Avda. Agraciada No.4014 apartamento 8, con domicilio a efectos legales en la calle José Enrique Rodó No.1824 Apto.602, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Intimar al cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro del plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de las multas.-
        3.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 14 para notificación al infractor y demás efectos.-
Gabriel Otero,Alcalde Municipio A.-

Concejal Municipal,Concejal Municipal-Municipio A