Resolución N° 129/15/0111
Nro de Expediente:
3360-001865-14
 
MUNICIPIO A - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
28/5/2015


Tema:
MULTA POR FALTA DE LIMPIEZA Y CERCO

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 2 (unidades reajustables dos), y otra de U.R.4 (unidades reajustables cuatro), a la empresa JASPE S.A., R.U.T. 21 174366 0011, propietaria del padrón No. 418731, ubicado en la calle Aldao No.914,

Montevideo, 28 de Mayo de 2015.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la falta de higiene del predio empadronado con el No. 418731, ubicado en la calle Aldao No. 914, propiedad de la empresa JASPE S.A., R.U.T. 21 174366 0011;
        RESULTANDO: 1o.) que en inspección realizada por el Servicio Centro Comunal No. 14 surge que el padrón No. 418731 carece de limpieza y cercado reglamentario del predio, intimándose a regularizar la situación;
        2o.) que ante el incumplimiento de lo intimado, se solicita la aplicación de una multa de U.R.2 y otra de 4 U.R. a el titular de obrados, por infracción a lo dispuesto en el Artículo 4, literal B,
        Numeral 19, Sección III, y artículo 3º, numeral 6, sección II del Decreto No. 21.626 de 23/IV/84, respectivamente;

        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas a aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL A
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de U.R. 2 (unidades reajustables dos), y otra de U.R.4 (unidades reajustables cuatro), a la empresa JASPE S.A., R.U.T. 21 174366 0011, propietaria del padrón No. 418731, ubicado en la calle Aldao No.914, con domicilio a efectos legales en la calle Ladines No.301, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Intimar al cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro del plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de las multas.-
        3.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 14 para notificación al infractor y demás efectos.-
Lilián Piña,Alcaldesa Municipio A.-

Concejal Municipal,Concejal Municipal-Municipio A