Resolución N° 100/17/0116
Nro de Expediente:
2016-3270-98-000113
 
MUNICIPIO E - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
19/5/2017


Tema:
MULTA HABILITACIONES

Resumen:
Se aplica una multa de 10 U.R. a Larrañaga Ltda., propietaria del establecimiento destinado a venta de recarga y garrafas de supergás, sito en el Bvar. José Batlle y Ordóñez Nº 25360, por falta de habilitación del Servicio de Locales Comerciales e Industriales.

Montevideo, 19 de Mayo de 2017.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con el establecimiento destinado a venta de recarga y garrafa de supergás, sito en el Bvar. José Batlle y Ordóñez Nº 2536, propiedad de Larrañaga Ltda., RUT 211057310015;
        RESULTANDO: 1º) que en inspección realizada el 30/XI/16 se pudo comprobar que dicho emprendimiento no cuenta con la habilitación del Servicio de Locales Comerciales e Industriales, por lo que se intimó a presentar el comprobante de haber iniciado el trámite correspondiente;
        2º) que verificado el incumplimiento de lo intimado correspondería aplicar una multa de 10 U.R. en virtud de lo dispuesto por el Art. 14º, Sección XIII del Decreto Nº 21.626 del 23/IV/84;
        3º) que se otorgó vista de la multa a aplicarse y no se presentaron descargos;
        CONSIDERANDO: las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 del 9/VIII/10 y su modificativa 3797/10 del 23/VIII/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL E
        RESUELVE
        1º.- Aplicar una multa de 10 U.R. (diez unidades reajustables) a Larrañaga Ltda., RUT 211057310015, propietaria del establecimiento destinado a venta de recarga y garrafa de supergás, sito en el Bvar. José Batlle y Ordóñez Nº 2536, con igual domicilio a los efectos legales.-
        2º.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para su cobro.-
        3º.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase por su orden al Sector Despacho de este Municipio para notificar a la infractora y librar el testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal N° 6.
FRANCISCO PLATERO,ALCALDE.-

DIANA SPATAKIS,CONCEJAL