Resolución N° 158/18/0116
Nro de Expediente:
2017-3280-98-000346
 
MUNICIPIO E - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
25/7/2018


Tema:
MULTAS

Resumen:
Se aplica una multa de 15 U.R. a Ribasol S.A., por estar en infracción la barrera de obra correspondiente al inmueble ubicado en el predio Padrón Nº 182.905, sito en la calle Raúl Lerena Acevedo Nº 1433.

Montevideo, 25 de Julio de 2018.-
 
        VISTO: la barrera de obra en infracción constatada en el inmueble ubicado en el predio empadronado con el Nº 182.905, sito en la calle Raúl Lerena Acevedo Nº 1433, cuya responsable es Ribasol S.A., RUT 216504140018;
        RESULTANDO: 1º) que en inspección realizada se pudo comprobar dicha infracción, por lo que se intimó a regularizar la situación ;
        2º) que verificado el incumplimiento de lo intimado correspondería aplicar una multa de 15 U.R. incumpliendo con el Capítulo IV del Título I del Libro XV del Volumen XV, de acuerdo con lo establecido en el Art. 3º, Sección II, inciso 3, literal B del Decreto Nº 21.626 del Digesto;
        3º) que se otorgó vista de la multa a aplicarse y no se presentaron descargos;
        CONSIDERANDO: las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 del 9/VIII/10 y su modificativa 3797/10 del 23/VIII/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL E
        RESUELVE:
        1º.- Aplicar una multa de 15 U.R. (quince unidades reajustables) a Ribasol S.A., RUT 216504140018, responsable de la barrera de obra en infracción constatada en el inmueble ubicado en el predio empadronado con el Nº 182.905, sito en la calle Raúl Lerena Acevedo Nº 1433, con domicilio a los efectos legales en la calle Atilio Narancio Nº 3113 apto. 103.-
        2º.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para su cobro.-
        3º.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase por su orden al Sector Despacho de este Municipio para notificar al infractor y librar el testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal N° 7.
AGUSTÍN LESCANO,ALCALDE.-

DIANA SPATAKIS,CONCEJAL