Resolución N° 235/11/0116
Nro de Expediente:
3270-008173-07 3270-009553-10
 
MUNICIPIO E - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
14/7/2011


Tema:
MULTA HUMEDADES

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 49.4700 al Sr. Jorge Bigot, C.I. 514.098-0 y a la Sra. Elsa Sosa, C:I. 1.144.714-8, propirtarios de la finca sita en la calle Benito Pérez Galdós N° 4221 Bis, Unidad 003, por problemas de humedades hacia la finca lindera Unidad 002.-

Montevideo, 14 de Julio de 2011.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la finca sita en la calle Benito Pérez Galdós No. 4221 Bis, Unidad 003, propiedad del Sr. Jorge Bigot, C.I. 514.098-0 y la Sra. Elsa Sosa, C.I. 1.144.714-8, domiciliados a los fines legales en la Ruta 8 Km. 35.500 Pando (junto a la Escuela N° 93);
        RESULTANDO: 1o.) que el Servicio Centro Comunal Zonal No. 6 intimó a los titulares de obrados a realizar los trabajos necesarios en la finca de que se trata, a efectos de eliminar los perjuicios que ocasionan a la Unidad 002 de la misma ubicación por humedades y filtraciones, bajo apercibimiento que en caso de omisión se aplicaría una multa de U.R. 49,4700, según lo establece la Sección II, Artículo 3o. Numeral 12, Inciso A del Decreto No. 21626;
        2o.) que en inspección profesional se constató que la situación se mantiene incambiada, por lo que se sugiere se aplique la multa de referencia;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables el monto de la multa que se aplica por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL E
        RESUELVE
        1.- Aplicar una multa de U.R. 49,4700 (Unidades Reajustables cuarenta y nueve con cuatro mil setecientas diezmilésimas) al Sr. Jorge Bigot, C.I. 514.098-0 y la Sra. Elsa Sosa, C.I. 1.144.714-8, propietarios de la finca sita en la calle Benito Pérez Galdós No. 4221 Bis, Unidad 003, domiciliados a los fines legales en la Ruta 8 Km. 35.500 Pando (junto a la Escuela N° 93), por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión al Contribuyente y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificación a los infractores y librar testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal N° 6.-
SUSANA CAMARÁN,ALCALDESA.-

MARÍA ELENA GODOY,CONCEJALA