Resolución N° 10/21/0116
Nro de Expediente:
2019-3290-98-000464
 
MUNICIPIO E - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
27/1/2021


Tema:
MULTA FALTA DE HIGIENE

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 1 a los Sres. Lorenzo Mallo Onetto, Leonardo Schayevitz Schopfer y Fernando Gabriel Lens Rossini, propietarios del predio ubicado en la Avda. Dra. María Luisa Saldún de Rodríguez 2240, por falta de limpieza, 1ra. Reincidencia.-

Montevideo, 27 de Enero de 2021.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con el predio ubicado en la Avda. Dra. María Luisa Saldún de Rodríguez Nº 2240, propiedad de los Sres. Lorenzo Mallo Onetto, Leonardo Schayevitz Schopfer y Fernando Gabriel Lens Rossini, C.I. Nos. 1.383.021-6, 2.606.672-5 y 1.532.626-9 respectivamente;
        RESULTANDO: 1º) que en inspección realizada se pudo comprobar que dicho predio se encuentra en malas condiciones de higiene, 1ra. Reincidencia, por lo que se intimó su regularización;
        2º) que verificado el incumplimiento de lo intimado, correspondería aplicar una multa de 1 U.R. en virtud de lo dispuesto por el Art. 4º numeral 19, Sección II del Decreto Nº 21.626 del 23/IV/84 respectivamente;
        3º) que se otorgó vista de la multa a aplicarse y no se presentaron descargos;
        CONSIDERANDO: las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 del 9/VIII/10 y su modificativa 3797/10 del 23/VIII/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL E
        RESUELVE
        1º.- Aplicar una multa de 1 U.R. (una unidad reajustable) a los Sres. Lorenzo Mallo Onetto, Leonardo Schayevitz Schopfer y Fernando Gabriel Lens Rossini, C.I. Nos. 1.383.021-6, 2.606.672-5 y 1.532.626-9 respectivamente, propietarios del predio ubicado en la Avda. Dra. María Luisa Saldún de Rodríguez Nº 2240 y domiciliados en la calle Dr. Joaquín Requena Nº 1062, Soriano Nº 1248 y Almería Nº 4534 respectivamente, por falta de higiene.
        2º.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de las sumas adeudadas dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para su cobro.-
        3º.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase por su orden al Sector Despacho de este Municipio para notificar a los infractores y librar el testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal N° 8
MERCEDES RUÍZ,ALCALDESA.-

SANTIAGO ARMAS,CONCEJAL