Resolución N° 112/11/0116
Nro de Expediente:
3270-008884-05
 
MUNICIPIO E - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
14/4/2011


Tema:
MULTA HABILITACIONES MUNICIPALES Y BOMBEROS

Resumen:
Aplicar multas de U.R. 6.4776 y U.R. 9.8940 al local destinado a taller mecánico de motos, ubicado en la calle Gauna N° 3752 Bis, pertenecoente a la empresa unipersonal Pablo De Los Santos (2° Reincidencia).-

Montevideo, 14 de Abril de 2011.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones elevadas por el Servicio Centro Comunal Zonal No. 6, relacionadas con el establecimiento destinado a taller mecánico de motos, sito en la calle Gauna Nº 3752 Bis, perteneciente a la empresa unipersonal Pablo De Los Santos, C.I. 2.620.689-0, R.U.T. 214757190017, con domicilio a los efectos legales en la Avda. Italia N° 3467 Apto. 702;
        RESULTANDO: 1o) que según surge de las mismas, pese a los plazos concedidos y a las sanciones aplicadas (Resoluciones Nos. 1298/05 de fecha 22/IX/05 y 489/06 de fecha 2/V/06), no se ha procedido a presentar la documentación habilitante que autorice el funcionamiento del referido local (Habilitaciones Municipales y de la Dirección Nacional de Bomberos- 2ª Reincidencia);
        2o) que comprobándose el incumplimiento de lo intimado, se solicita la aplicación de una multa de U.R. 6.4776 y otra de U.R. 9.8940 a la empresa titular de obrados, por infracción al Decreto No. 21.626 del 23/IV/84;
        CONSIDERANDO: 1o) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;


        2o) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL E
        RESUELVE
        1.- Aplicar una multa de U.R. 6.4776 (Unidades Reajustables seis con cuatro mil setecientas setenta y seis diezmilésimas) y otra de U.R. 9.8940 (Unidades Reajustables nueve con ocho mil novecientas cuarenta diezmilésimas) a la empresa unipersonal Pablo De Los Santos, C.I. 2.620.689-0, R.U.T. 214757190017, destinada a taller mecánico de motos, sito en la calle Gauna No. 3752 Bis, con domicilio a los efectos legales en la Avda. Italia N° 3467 Apto. 702, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión al Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificación a la empresa infractora y librar testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal N° 6.-
SUSANA CAMARÁN,ALCALDESA.-

NICOLÁS MARTINELLI,CONCEJAL