Resolución N° 226/22/0116
Nro de Expediente:

 
MUNICIPIO E - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
9/11/2022


Tema:
MULTA HABILITACIONES

Resumen:
Se aplica una multa de 10 U.R. a la empresa unipersonal Richard Lain Banchero, propietaria del establecimiento destinado a expendio y regarda de GLP, sito en la calle Comercio Nº 2244, por falta de habilitación municipal (Locales Comerciales e Industriales).-

Montevideo, 9 de Noviembre de 2022.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con el establecimiento destinado a expendio y regarga de GLP, sito en la calle Comercio Nº 2244, propiedad de la empresa unipersonal Richard Lain Banchero, C.I Nº 4.654.776-3, RUT 218 804 070 011;
        RESULTANDO: 1º) que en inspección realizada se pudo comprobar que dicho emprendimiento no cuenta con habilitación municipal (Servicio de Instalaciones Mecánicas y Eléctricas y Gestión de Residuos Sólidos no Domiciliarios), por lo que se intimó a presentar el comprobante de haber iniciado el trámite correspondiente;
        2º) que verificado el incumplimiento de lo intimado correspondería aplicar una multa de 10 U.R. en virtud de lo dispuesto por el Decreto Nº 21.626;
        3º) que se otorgó vista de la multa a aplicarse y no se presentaron descargos;
        CONSIDERANDO: las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 del 9/VIII/10 y su modificativa 3797/10 del 23/VIII/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL E
        RESUELVE
        1º.- Aplicar una multa de 10 U.R. (diez unidades reajustables) a la empresa unipersonal Richard Lain Banchero, C.I Nº 4.654.776-3, RUT 218 804 070 011, propietaria del establecimiento destinado a expendio y regarga de GLP, sito en la calle Comercio Nº 2244, con igual domicilio a los efectos legales.-
        2º.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para su cobro.-
        3º.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase por su orden al Sector Despacho de este Municipio para notificar a la empresa infractora y librar el testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal N° 6.
MERCEDES RUIZ,ALCALDESA.-

DIANA SPATAKIS,CONCEJAL