Resolución N° 15/24/0116
Nro de Expediente:
2018-9660-98-000027
 
MUNICIPIO E - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
24/1/2024


Tema:
MULTA HUMEDADES

Resumen:
Se aplica una multa de 20 U.R. a la Agencia Nacional de Vivienda y copropietarios, por humedades que afectan la habitabilidad de vivienda ubicada en Rbla. Euskal Erria 4471 Block F, Torre 7, Apto. 303.

Montevideo, 24 de Enero de 2024.-
 
        VISTO: los problemas de humedades existentes en vivienda ubicada en el apto. 303, Torre 7, Block F, sito en Rbla. Euskal Erría, sito en la Rambla Euskal Erría Nº 4471, Padrón 426.433, propiedad de la Agencia Nacional de Vivienda;
        RESULTANDO: 1º) que luego de realizada la inspección, se intimó a los copropietarios de las Unidades 001, 403, 404, 504, 703, 804, 1004 que escrituraron sus viviendas y a la Agencia Nacional de Vivienda., como propietaria de las Unidades 002, 103, 104, 203, 204, 303, 304, 503, 603, 604, 704, 803, 903, 904 y 1003, a tomar las medidas necesarias para detener las afecciones alojadas en el ducto de bajada común de las instalaciones sanitarias, para dar solución a los problemas encontrados.
        2º) que verificado el incumplimiento de lo intimado correspondería aplicar una multa de 20 U.R. en virtud de lo dispuesto en la Sección II, Art. 3º, inc. a, numeral 12 del Decreto Nº 21.626;
        3º) que se otorgó vista de la multa a aplicarse y no se presentaron descargos;
        CONSIDERANDO: las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 del 9/VIII/10 y su modificativa 3797/10 del 23/VIII/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL E
        RESUELVE:
        1º.- Aplicar una multa de 20 U.R. (veinte unidades reajustables) a los co-propietarios y a la Agencia Nacional de Vivienda por problemas de humedades existentes en vivienda ubicada en el Complejo Euskal Erría 70, Block F, Torre 7, apto. 303, sito en la Rambla Euskal Erría Nº 4471 Padrón 426.433, con domicilio en la calle Cerrito Nº 400 a los efectos legales .
        Se detallan los copropietarios de dicho padrón por unidad:
        Unidad 001: Walter Omar De Felippo Telesca (CI 1.327.385-4, domiciliado en Euskalerría 70, Pasaje Vecinal 4471B, 001/F).
        Unidad 403: Florencia Patricia Romano Brea y Germán Jorge Lema Ordóñez (CI 4.226.752-1 y 4.334.254-0 respectivamente, domiciliadas en Pasaje Vecinal 4471/F/403).
        Unidad 404: María Cristina Lodeiro Ballestrino (CI 1.176.188-9, domiciliada en Euskalerría 70 block F/404).
        Unidad 504: Marys Teresa Colo Curbelo (CI 1.390.738-6, domiciliada en Euskalerría 70 block F/504).
        Unidad 703: Claudia Paola Gugiato Deandrea (CI 4.277.323-3, domiciliada en Euskalerría 70 F/703).
        Unidad 804: Stella María Bonifacino Ferrari (CI 1.146.192-4, domiciliada en Euskalerría 70, torre AC/304).
        Unidad 1004: Marcelo Fernando Corrado Tarrech (CI 1.366.601-1, domiciliado en Euskalerría 70 F/1004).
        Las Unidades 002, 103, 104, 203, 204, 303, 304, 503, 603, 604, 704, 803, 903, 904 y 1003 pertenecen a la Agencia Nacional de Vivienda, con domicilio legal en la calle Cerrito Nº 400.
        2º.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para su cobro.-
        3º.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase por su orden a Notificaciones y al Departamento de Secretaría General

        para notificar a la ANV y al Servicio Centro Comunal Zonal N° 6
IGNACIO UBILLA,ALCALDE (I).-

SANTIAGO ARMAS,CONCEJAL