Resolución N° 22/17/0116
Nro de Expediente:
2016-1237-98-000017
 
MUNICIPIO E - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
3/2/2017


Tema:
MULTA HABILITACIONES MUNICIPALES Y BOMBEROS

Resumen:
Aplicar multa de U.R 20 por falta de Habilitación Municipal (Gestión de Resíduos No Domiciliarios) al establecimiento destinado a taller mecánico sito en la calle Barroso Nº 3634, empresa unipersonal Aldo Guglieta, C.I 1.727.442-6, R.U.T. 217042620012

Montevideo, 3 de Febrero de 2017.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con el establecimiento destinado a taller mecánico sito en la calle Barroso Nº 3634, perteneciente a la empresa unipersonal Aldo Guglieta, C.I. 1.727.442-6, RUT. 217042620012 con igual domicilio a los efectos legales;
        RESULTANDO: 1o.) que en inspección realizada por el Servicio Centro Comunal Zonal No. 7, se pudo comprobar que carece de Habilitación Municipal (Gestion de Residuos Sólidos no Domiciliarios - DGRSND) notificándole que se le otorga un plazo de 10 (diez) días para presentar los descargos correspondientes en el mencionado Servicio;
        2o.) que comprobándose el incumplimiento de lo intimado, se solicita la aplicación de una multa de U.R. 20 a la empresa titular de obrados, por infracción a lo dispuesto por el Digesto Departamental Volúmen VI, Título IV, Capítulo I, Sección IV, Artículo Nº 1920.1;
        CONSIDERANDO: 1o) que la normativa vigente fija en unidades reajustables el monto de la multa que se aplica por transgredir las ordenanzas departamentales hasta el máximo legal vigente;
        2o) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL E
        RESUELVE
        1.- Aplicar una multa de U.R. 20 (Unidades Reajustables veinte) empresa unipersonal Aldo Guglieta, C.I. 1.727.442-6, RUT. 217042620012, responsable del taller mecánico sito en la calle Barroso Nº 3634, con igual domicilios a los efectos legales, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3.- Pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificar a la empresa infractora y librar testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal No. 7.-
FRANCISCO PLATERO,ALCALDE.-

EDUARDO CORREA,CONCEJAL