Resolución N° 204/18/0116
Nro de Expediente:
2016-9660-98-000071
 
MUNICIPIO E - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
5/9/2018


Tema:
MULTA HABILITACIONES

Resumen:
Se aplica una multa de 18 U.R. a Uruforus S.A., propietaria del establecimiento destinado a venta de calzados y ropa, sito en la Avda. 8 de Octubre Nº 3626, por falta de habilitación comercial.

Montevideo, 5 de Setiembre de 2018.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con el establecimiento destinado a venta de calzados y ropa, sito en la Avda. 8 de Octubre Nº 3626, propiedad de Uruforus S.A., RUT 212367990012;
        RESULTANDO: 1º) que en inspección realizada se pudo comprobar que dicho emprendimiento no cuenta con la habilitación comercial, 1ra. Reincidencia, por lo que se intimó a presentar el comprobante de haber iniciado el trámite correspondiente;
        2º) que verificado el incumplimiento de lo intimado correspondería aplicar una multa de 18 U.R. en virtud de lo dispuesto por los Arts. 14º y 22º, Sección XIII del Decreto Nº 21.626 del 23/IV/84;
        3º) que se otorgó vista de la multa a aplicarse y no se presentaron descargos;
        CONSIDERANDO: las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 del 9/VIII/10 y su modificativa 3797/10 del 23/VIII/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL E
        RESUELVE
        1º.- Aplicar una multa de 18 U.R. (dieciocho unidades reajustables) a Uruforus S.A., RUT 212367990012, propietaria del establecimiento destinado a venta de calzados y ropa, sito en la Avda. 8 de Octubre Nº 3626, con igual domicilio a los efectos legales.-
        2º.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para su cobro.-
        3º.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase por su orden al Sector Despacho de este Municipio para notificar a la infractora y librar el testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal N° 6.
AGUSTÍN LESCANO,ALCALDE.-

DIANA SPATAKIS,CONCEJAL