Resolución N° 191/14/0116
Nro de Expediente:
3270-003949-13
 
MUNICIPIO E - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
26/6/2014


Tema:
MULTA OCUPACIÓN DE VEREDAS

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 8 a la empresa unipersonal Pedro Rosso Bruneti, C.I. 1.252.057-3, RUT: 217223070014, domiciliada en Lindoro Forteza Nº 2500 por ocupación de vereda.

Montevideo, 26 de Junio de 2014.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la ocupación de vereda por parte de la empresa unipersonal Pedro Rosso Brunetti, C.I. 1.252.057-3, R.U.T. 217223070014, destinada a puesto de frutas y verduras, con domicilio a los efectos legales en la calle Lindoro Forteza Nº 2500;
        RESULTANDO: 1o.) que en la inspección realizada por el Servicio Centro Comunal Zonal No. 6 con fecha 24/IX/2013 se comprobó que no se dio cumplimiento a lo solicitado en el cedulon Nº 17862 de fecha 9/VII/2013 referente a desocupar la vereda que estaba ocupada con mercaderías;
        2o.) que el interesado presentó nota el día 30/X/2013 que luce a fojas 8, efectuando descargos que no son de recibo;
        3o.) que ante el incumplimiento de lo intimado, se solicita la aplicación de una multa de U.R. 8 a la empresa unipersonal titular de obrados, por infracción al Decreto No. 21.626 de 23/IV/84;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables el monto de la multa a aplicar por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL E
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de U.R. 8 (unidades reajustables ocho) a la empresa unipersonal Pedro Rosso Brunetti, C.I. 1.252.057-3, R.U.T. 217223070014, destinada a puesto de frutas y verduras, con domicilio en la calle Lindoro Forteza Nº 2500, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Intimar al cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro del plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de las multas.-
        3.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 6 para notificación a la empresa infractora y demás efectos.-
SUSANA CAMARÁN,ALCALDESA.-

NICOLÁS MARTINELLI,CONCEJAL