Resolución N° 213/19/0116
Nro de Expediente:
2016-3290-98-000226
 
MUNICIPIO E - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
24/10/2019


Tema:
MULTA OCUPACION DE VEREDAS

Resumen:
Se aplica una multa de 16 U.R. y otra de 4 U.R a la empresa Dunamyr S.A., "café misterio", sito en la calle Costa Rica Nº 1700, por rebaje de cordón sin autorización, estacionamiento de motos y maceteros sobre la vereda, sin el correspondiente permiso,

Montevideo, 24 de Octubre de 2019.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con el establecimiento "cafe misterio", ubicado en la calle Costa Rica Nº 1700, propiedad de la empresa Dunamyr S.A., RUT 214405290015;
        RESULTANDO: 1º) que en inspección realizada se pudo comprobar que dicho emprendimiento realizó rebaje de cordón sin autorización, tiene estacionamiento de motos y maceteros sobre la vereda, sin el correspondiente permiso, por lo que se intimó a su regularización;
        2º) que verificado el incumplimiento de lo intimado correspondería aplicar una multa de 16 U.R. y otra de 4 U.R en virtud de lo dispuesto por Decreto 21626 Sec II Art. 14, literal a, nrales. 4 y 10 respectivamente;
        3º) que se otorgó vista de la multa a aplicarse y no se presentaron descargos;
        CONSIDERANDO: las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 del 9/VIII/10 y su modificativa 3797/10 del 23/VIII/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL E
        RESUELVE
        1º.- Aplicar una multa de 16 U.R. (dieciseis unidades reajustables) y otra de 4 U.R (cuatro unidades reajustables) a la empresa Dunamyr S.A., RUT 214405290015, propietaria del establecimiento "cafe misterio", ubicado en la calle Costa Rica Nº 1700, con igual domicilio a los efectos legales.-
        2º.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3º.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión al Contribuyentes y pase por su orden al Sector Despacho de este Municipio para notificación a la empresa infractora y librar testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal N° 8.-
AGUSTÍN LESCANO,ALCALDE.-

DIANA SPATAKIS,CONCEJAL