Resolución N° 233/19/0116
Nro de Expediente:
2017-4005-98-000297
 
MUNICIPIO E - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
6/11/2019


Tema:
MULTA HABILITACIONES

Resumen:
Se aplica una multa de 8 U.R. a la empresa Calypso S.R.L, propietaria del local comercial ubicado en la calle Schroeder 6428 bis, por falta de permiso para la instalación de toldos.

Montevideo, 6 de Noviembre de 2019.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con el local comercial destinado a veterinaria, ubicado en la calle Alejandro Schroeder Nº 6428 bis, propiedad de la empresa Calypso S.R.L., RUT 212395650018;
        RESULTANDO: 1º) que dicho emprendimiento no cuenta con permiso para la instalación de toldos en el local, por lo que se intimó a realizar la solicitud correspondiente;
        2º) que comprobándose el incumplimiento de lo intimado, se solicita la aplicación de una multa de 8 U.R., en aplicación a lo dispuesto por el Decreto Nº 21.626, Secc. II, Art. 3, Num 16;
        3º) que habiéndose otorgado vista de la multa a aplicarse, no se presentaron descargos;
        CONSIDERANDO: las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 del 9/VIII/10 y su modificativa 3797/10 del 23/VIII/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL E
        RESUELVE
        1º.- Aplicar una multa de 8 U.R. (ocho unidades reajustables) a la empresa Calypso S.R.L., RUT 212395650018, propietaria del local comercial destinado a veterinaria, ubicado en la calle Alejandro Schroeder Nº 6428 bis, con igual domicilio a los efectos legales.-
        2º.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3º.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión al Contribuyentes y pase por su orden al Sector Despacho de este Municipio para notificación a la empresa infractora y librar testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal N° 8.-
AGUSTÍN LESCANO,ALCALDE.-

DIANA SPATAKIS,CONCEJAL