Resolución N° 126/17/0116
Nro de Expediente:
2016-3290-98-000332
 
MUNICIPIO E - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
21/6/2017


Tema:
MULTA HABILITACIONES

Resumen:
Se aplica una multa de 15 U.R. a Laqui S.A. propietaria del establecimiento destinado a restaurante, sito en la Avda. Italia Nº 5750, por carecer de la Habilitación Comercial (Declaración Jurada de Residuos Sólidos no Domiciliarios).

Montevideo, 21 de Junio de 2017.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con el establecimiento destinado a restaurante, sito en la Avda. Italia Nº 5750, propiedad de Laqui S.A., RUT 210232720010;
        RESULTANDO: 1º) que en inspección realizada se pudo comprobar que dicho emprendimiento no cuenta con la habilitación comercial (declaración de residuos sólidos no domiciliarios), por lo que se intimó a presentar el comprobante de haber iniciado el trámite correspondiente;
        2º) que ante el incumplimiento de lo intimado, se solicita la aplicación de una multa de 15 U.R. en virtud de lo dispuesto por el Art. 14º, numeral 1, Sección XIII del Decreto Nº 21.626 del 23/IV/84;
        3º) que se otorgó vista de la multa a aplicarse y no se presentaron descargos;
        CONSIDERANDO: las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 del 9/VIII/10 y su modificativa 3797/10 del 23/VIII/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL E
        RESUELVE
        1º.- Aplicar una multa de 15 U.R. (quince unidades reajustables) a Laqui S.A., RUT 210232720010, propietaria del establecimiento destinado a restaurante, sito en la Avda. Italia Nº 5750, con igual domicilio a los efectos legales.-
        2º.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para su cobro.-
        3º.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase por su orden al Sector Despacho de este Municipio para notificar a la infractora y librar el testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal N° 8.
AGUSTÍN LESCANO,ALCALDE (I).-

DIANA SPATAKIS,CONCEJAL