Resolución N° 212/12/0116
Nro de Expediente:
3290-001806-12
 
MUNICIPIO E - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
18/10/2012


Tema:
MULTA HABILITACIONES MUNICIPALES Y BOMBEROS

Resumen:
Apliacr una multa de U.R. 9.8940 al local destinado a venta de ropa de hombres, ubicado en la Avda. Alfredo Arocena N° 1680, perteneciente a la firma Eiport S.A..-

Montevideo, 18 de Octubre de 2012.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con el establecimiento destinado a venta de ropa de hombres, sito en la Avda. Alfredo Arocena No. 1680, propiedad de la firma Eiport S.A., R.U.T. 214771490014, con igual domicilio a los efectos legales;
        RESULTANDO: 1o.) que en inspección realizada por el Servicio Centro Comunal Zonal No. 8, se pudo comprobar que carecía de la Habilitación de la Dirección Nacional de Bomberos, intimándosele a presentar en el mencionado Servicio los comprobantes de haber iniciado los trámites correspondientes;
        2o.) que comprobándose el incumplimiento de lo intimado, se solicita la aplicación de una multa de U.R. 9.8940 a la firma de obrados, por infracción a lo dispuesto por el Decreto No. 21.626 de 23/IV/84;
        CONSIDERANDO: 1o) que la normativa vigente fija en unidades reajustables el monto de la multa que se aplica por transgredir las ordenanzas departamentales hasta el máximo legal vigente;
        2o) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL E
        RESUELVE
        1.- Aplicar una multa de U.R. 9.8940 (Unidades Reajustables nueve con ocho mil novecientas cuarenta diezmilésimas) a la firma Eiport S.A., R.U.T. 214771490014, con domicilio a los efectos legales en la Avda. Alfredo Arocena No. 1680, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión al Contribuyente y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificación a la firma infractora y librar testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal N° 8.-
SUSANA CAMARÁN,ALCALDESA.-

MILTON BADANO,CONCEJAL (I)